Martes 13 de agosto de 2013
+ ¿Reforma:
cuál de los dos Cárdenas?
+ Debate
sobre concesiones o contratos
Demasiado tarde,
el PRD y el lopezobradorismo se darán cuenta que quedaron atrapados en la invocación al espíritu del general Lázaro Cárdenas. La iniciativa del presidente
Peña Nieto se apoya en la reforma de 1940 del presidente Cárdenas, pero los
perredistas querían al Cárdenas ciudadano de 1968.
La historia del
párrafo sexto del artículo 27 Constitucional que prohíbe concesiones petroleras
revela los vaivenes del poder y las confusiones semánticas de los
gobernantes. Cárdenas hizo dos reformas al párrafo sexto del 27
Constitucional: el 10 de enero de 1934 aceptó la existencia de
concesiones a particulares en petróleo pero a condición de que crearan
empleos y respetaran las leyes.
Pero el 9 de
noviembre de 1940, veinte días antes de entregarle la presidencia al
conservador Manuel Ávila Camacho y casi dos años después de la expropiación
petrolera, Cárdenas reformó ese párrafo para prohibir las concesiones de
petróleo a empresas privadas y dejar la explotación sólo por el Estado.
Los contratos de
exploración y explotación de petróleo se introdujeron vía la Ley Reglamentaria
con una reforma en 1941. Este punto lo recordó Cuauhtémoc Cárdenas el
viernes pasado en un texto publicado en La Jornada en el que recordó una
carta de su padre al entonces director de Pemex, Jesús Reyes Heroles. En la carta,
el general Cárdenas criticó los contratos a sector privado, un argumento que
fue enviado como mensaje por el PRD cardenista al PRI y que será argumento en el debate de la reforma:
No es
inoportuno anotar que el espíritu nacionalista de la expropiación de
1938 y de la Reforma Constitucional de 9 de noviembre de 1940, no se
respetaron plenamente: los contratos de exploración y explotación permitidos por la Ley Reglamentaria de 1941, se concedieron con participación en la
producción del petróleo a empresas nacionales y extranjeras.
De ahí que haya dos Cárdenas: el formalista de la reforma de 1940 y el crítico de 1968. La clave de la discusión será el hecho de que la Constitución habla de concesiones y los particulares van por contratos de utilidad compartida que de ninguna manera comprometería la propiedad de la riqueza petrolera o de la renta
petrolera. En todo caso, las reformas más profundas se harán, como antes, en las
leyes reglamentarias, a las cuales remite la Constitución
La reforma al
párrafo sexto del 27 Constitucional se radicalizó con el presidente
López Mateos --“mi gobierno es, dentro de la Constitución, de extrema
izquierda”, dijo el primero de julio de 1960-- en la reforma del 20 de
enero de 1960 al incorporar que en petróleo “no se otorgarán concesiones ni
contratos” y luego Luis Echeverría agregó la exclusividad en
electricidad y el no otorgamiento de concesiones en la reforma del 6 de febrero
de 1975.
Por lo demás, el
general Cárdenas dejó en claro el sentido de la expropiación: contra empresas
extranjeras saqueadoras de recursos nacionales sin cumplir con el
respeto a las leyes. En sus apuntes la noche del 19 de marzo, Cárdenas
escribió: “con un acto así (la expropiación de las empresas extranjeras),
México contribuye con los demás países de Hispanoamérica para que se
sacudan un tanto la dictadura económica del capitalismo imperialista”. El
24 de febrero denunció en un discurso que las empresas extranjeras hicieron un
“retiro violento” de sus depósitos y armaron una campaña de desprestigio.
El argumento de
los priístas en el 2013 se basará en dos criterios: el México de 2013 es
más sólido que el de 1938 y las empresas privadas tendrán muchos
candados para controlar el ramo petrolero. Y a ello se agregará el hecho
de que la reforma mantiene la prohibición a concesiones pero seguirá
adelante el tema de contratos a empresas privadas para labores
petroleras.
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