México: ¿“sirve el andamiaje legal para enfrentar al Crimen Organizado”?

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Dentro del Think Tank estamos desarrollando ejercicios críticos hacia el “Atlas de Seguridad y Defensa 2020”. Antes de ahondar en el Patrullaje de hoy citemos que, como base de estos (ejercicios) nos inspiramos en la posición tomada por Federico II frente a los escritos de Nicholas Maquiavelo. Federico el Grande leyó con interés los apuntes del florentino y trazó notas críticas hacia ese.

Y aunque no pretendemos ocupar los espacios ni del prusiano ni del italiano si nos estamos inspirando y fijando en esa suerte de labores de contrainformación.

¿Así ahora revisamos los escritos de José R Cossío, Renato Sales H y Taissio Cruz P. observando sus apuntes (que da título a nuestra columna) “sirve el andamiaje legal para enfrentar al Crimen Organizado”?

Revisado ese nos, los del Think tank, usando la herramienta de los parágrafos nos pronunciaremos con reflexiones de contrainformación.

Entremos al tema; desde su plaza Hierofante va directo al punto

-El 18 de junio de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, por el que el Constituyente Permanente estableció el tránsito de nuestro sistema mixto de justicia penal mexicano hacia un sistema de corte acusatorio-oral- escuchada la introducción los del Tanque decidimos no interrumpir al abogado pues sabemos de su capacidad de oratoria y expertis-

-Como consecuencia de dicha reforma constitucional se adecuaron diversos ordenamientos legales- agregó Hierofante y siguió, -entre los que destacó la aprobación y publicación de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública (LGSNSP) en enero de 2009, la Ley de la Policía Federal (LPF) en junio de 2009 y la llamada “miscelánea penal” del 23 de enero del mismo año (2009), la cual se instrumentó mediante diversas reformas y adiciones al Código Federal de Procedimientos Penales, a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, a la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados; al Código Penal Federal y a la Ley Orgánica de la entonces Procuraduría General de la República.

Por ello es importante reflexionar que una de las fases más sensibles para la operación del llamado sistema penal acusatorio, es la fase de actuación de Primer respondiente y de Policía para Procesar, dado que aun cuando se han estado actualizando los programas de capacitación para dotar de estas nuevas competencias y habilidades de actuación policial, para evitar incurrir en violaciones al debido proceso y por ende violentar derechos humanos de los acusados; ello de suyo se convierte en una actuación muy compleja para el policía diligenciar estas técnicas; a ello súmesele el hecho de que con la modernidad de las nuevas disposiciones constitucionales en materia de respeto a las costumbres pluriculturales, en el sentido de que además de agotar su actuación como primer respondiente o policía con funciones para procesar los indicios, también tiene que atender la regionalización de las culturas en sus usos y costumbres respectivos, en tratándose de ilícitos que pueden llagarse a cometer de Delincuencia Organizada en territorio indígena o afromexicano, o más aun cuando en el caso en concreto se vea involucrado un menor de edad o alguna persona con capacidades diferentes, en lo que se tiene que aplicar la especialización de su actuación por la naturaleza de los activos involucrados.- Hierofante hablaba desde su lugar y nadie decía una palabra.

-Luego entonces nos encontramos en una situación de complejidades por costumbres y culturas determinadas, que en la práctica se hace de difícil aplicación y actuación de la labor policial.

Bajo este panorama general- Hierofante sube la voz, -los ordenamientos locales de cada entidad federativa en materia de seguridad pública, tiene la oportunidad de establecer un nuevo cuerpo normativo en la materia, considerando las recientes reformas, adiciones y derogación a diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Guardia Nacional, las reformas a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la Ley Nacional del Registro de Detenciones, y la Ley Nacional Sobre el Uso de la Fuerza, publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el 27 de mayo del 2019, así como la Ley Nacional de Extinción de Dominio, las reformas y adiciones a diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, de la Ley de Concursos Mercantiles y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicadas también en el Diario Oficial de la Federación el 9 de agosto de 2019- el discursante toma de su vaso un trago de agua y hecho eso continúa.

-Con base en los desafíos y retos que representan los antecedentes históricos relatados, desde el punto de vista de la seguridad, es incuestionable que existen problemas estructurales, operacionales y legales –principalmente en los ámbitos municipales y estatal– por la falta de un marco jurídico que diseñe un esquema institucional que atienda de manera especificas e integralmente las diversas realidades y culturas de las diferentes regiones del Estado (usos y costumbres), armonizadas con el desarrollo estatal y nacional, donde la ciudadanía tenga un rol preponderante, lo que han impedido que, el gobierno pueda desplegar todo su potencial para garantizar la seguridad de los ciudadanos en sus propias comunidades, generando una percepción de desconfianza y de ineficacia que genera un círculo vicioso entre la sociedad, las víctimas y las autoridades.- Hierofante colocó el canto de su mano derecha contra su cuello dejando saber a la logia que ya guardaría silencio.

Concluida la cátedra donde se hizo una disección del tema que está en el título, por largos segundos reinó el silencio un gesto casi imperceptible del Sargento Limón puso la atención en él; quien fuera en su infancia piscador de cítricos dijo

-Cuando escucho la pregunta, que, si sirve el andamiaje legal para enfrentar al Crimen Organizado, no solo me da escalofríos el pensarlo, sino hasta coraje de aceptar que no nada más el cuerpo jurídico de nuestro país es débil ante el fenómeno de la delincuencia organizada. -Hierofante se aprestó a tomar nota.

-Pero basta hacer una reflexión simple para decidir si nuestro problema son las leyes o su cumplimiento…- coros de rostros asintiendo  -y ahí es donde la puerca tuerce el rabo- dice Limón, creo que tenemos un problema más complejo que es el cumplimiento debido a la interpretación tan fragmentada que hay en México de una misma ley por los juzgadores y /o prosecutores de la ley; -más giros a la tuerca, Limón continúa -cuantas veces no hemos oído que una autoridad deja en libertad a un delincuente ya no solo confeso sino con solidas evidencias de que en forma consuetudinaria ha cometido el mismo u otros delitos graves- a los rostros asintiendo se sumaron carraspeos

– ¿Acaso son de otro México?, ¿acaso las deficiencias de la autoridad que pone a su disposición a un asesino, violador o secuestrador son más fuertes que la protección a la sociedad versus protección de los “derechos humanos” del delincuente? Ese México es el que está mal- el silencio hizo su sonido, Limón continuó -y ahí es donde se deben volcar las inteligencias de nuestros legisladores para ver qué ley, instrumento o figura jurídica puede fortalecer el trabajo de nuestras autoridades (policías de todos los niveles) para que en aras de evitar dejar libre a un delincuente de delitos graves se fortalezca y autentifique la legalidad de una detención de un miembro de la delincuencia organizada- hubo, dentro del Tanque, quien intento una batería de júbilo pero se contuvo.

Dice Limón; -Cierro mi intervención dejando el lugar a la imaginación de las personas letradas en leyes, ellos son los que en este momento deberían estar pensando y discutiendo este problema para presentar propuestas innovadoras que solucionen nuestra inseguridad; es decir, la pelota está en su cancha, solo basta que quieran jugarla y no quejarse después de que el partido lo perdió su equipo-. Hierofante le mostró a Limón el pulgar arriba.

Cerramos así este ejercicio de contrainformación (que no critica) al Atlas de Seguridad y Defensa 2020. Mas, antes de apagar la luz y cerrar puertas y ventanas Hierofante concluyó diciendo -suscribo y en la próxima tenida desplegaré elocuencia-

Último patrullaje. – aviso y advierto al mundo del Derecho en México que, en unas horas, mi hijo Roberto Rubén Casas C. presentará su examen profesional para la carrera de Derecho. El “pocho” junto con Elí, mi otro hijo ya Maestro en Derecho, fortalecerán el universo que habitan con mejores prácticas de Justicia. ¡Que así sea!

Balazo al aire. – hacer de la justicia un derecho.

Greguería. – aparato de Seguridad y Justicia de La auto nombrada 4/t.…FACTUM NO VERBA.

Oxímoron. – holgadamente justo.

Haikú. – ¿qué he de hacer?

busco tus brazos.

Riada de sueños