{"id":12391,"date":"2021-11-06T23:53:54","date_gmt":"2021-11-07T05:53:54","guid":{"rendered":"https:\/\/indicadorpolitico.com.mx\/?p=12391"},"modified":"2021-11-06T23:59:53","modified_gmt":"2021-11-07T05:59:53","slug":"la-seguridad-perdida","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/indicadorpolitico.com.mx\/?p=12391","title":{"rendered":"La seguridad perdida"},"content":{"rendered":"<p>Esta radiograf\u00eda de la seguridad mexicana es una obsolescencia dogm\u00e1tica e ideol\u00f3gica, cuyos conceptos se confunden con la magnilocuencia que representa hablar de temas de seguridad nacional.<\/p>\n<p>Esta vieja forma de ver la seguridad, cuyo modelo e implementaci\u00f3n datan de 1992 es, en parte, una de las causas por las cuales no es posible actualizar m\u00e9todos, procedimientos y protocolos y una de las causas por las que no hay sincron\u00eda entre la Constituci\u00f3n, el Plan Nacional de Desarrollo y el Presupuesto de Egresos.<\/p>\n<p>El modelo de seguridad que se encuentra contenido en el texto del art\u00edculo 21 constitucional, tiene como premisa el establecimiento del orden y paz p\u00fablicos, -que constituyen la seguridad p\u00fablica-, en la c\u00faspide de la seguridad mexicana.<\/p>\n<p>Pero el orden y paz p\u00fablicos son una parte del subcomponente del poder social y dogm\u00e1ticamente se encuentra debajo de la seguridad, como un todo.<\/p>\n<p>A la par de este subcomponente se encontrar\u00eda las microempresas en el campo del poder econ\u00f3mico o una patrulla de la polic\u00eda, en el campo de la seguridad.<\/p>\n<p>Por encima de estos subcomponentes se encuentra la visi\u00f3n conjunta del campo del poder social, como, por ejemplo, los habitantes de una ciudad o poblado o los sectores econ\u00f3micos que lo sostienen.<\/p>\n<p>Por eso es por lo que la visi\u00f3n de seguridad del art\u00edculo 21 constitucional es distorsionada, debido a que invierte la pir\u00e1mide de los campos del poder y pone por encima un subcampo, incluso al mismo nivel o sobre el inter\u00e9s nacional que representar\u00eda el poder econ\u00f3mico del pa\u00eds.<\/p>\n<p>Por esta raz\u00f3n es que el texto constitucional deber\u00eda contener un concepto de seguridad, como funci\u00f3n de Estado, de la que se desprendan las tres funciones de gobierno de la seguridad: la seguridad p\u00fablica, la seguridad interior y la seguridad nacional.<\/p>\n<p>As\u00ed est\u00e1 se\u00f1alado para la funci\u00f3n de Estado de la Hacienda P\u00fablica, y el texto constitucional establece algunas funciones de gobierno, como la tributaci\u00f3n o pago de impuestos o la presupuestaci\u00f3n, pero no a estas por encima de la funci\u00f3n de Estado.<\/p>\n<p>Y as\u00ed cada instrumento jur\u00eddico tiene conceptualizada a la seguridad, a su libre y leal saber, en el que parece que priva la descoordinaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Por eso el derecho de seguridad mexicano, constituido por la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad P\u00fablica y la Ley de Seguridad Nacional principalmente, no tienen sincron\u00eda mutua, sino que adem\u00e1s de regular funciones distintas, no se complementan del todo entre s\u00ed, ni son parte en el dise\u00f1o del modelo de seguridad de los objetivos nacionales coyunturales o permanentes que se encuentran en el PND o en la Constituci\u00f3n y solo se constituyen en los elementos normativos para que Estados y Municipios obtengan recursos del Presupuesto de Egresos de la Federaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Es Maestro en Seguridad Nacional por la Armada de M\u00e9xico<\/strong><\/p>\n<p><strong>Correo electr\u00f3nico: racevesj@gmail.com<\/strong><\/p>\n<p><strong>Twitter: @racevesj<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Esta radiograf\u00eda de la seguridad mexicana es una obsolescencia dogm\u00e1tica e ideol\u00f3gica, cuyos conceptos se confunden con la magnilocuencia que representa hablar de temas de seguridad nacional. 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