{"id":18395,"date":"2022-04-19T15:32:58","date_gmt":"2022-04-19T20:32:58","guid":{"rendered":"https:\/\/indicadorpolitico.com.mx\/?p=18395"},"modified":"2022-04-19T15:32:58","modified_gmt":"2022-04-19T20:32:58","slug":"la-simulacion-desde-el-congreso-guerrero","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/indicadorpolitico.com.mx\/?p=18395","title":{"rendered":"La simulaci\u00f3n desde el Congreso Guerrero"},"content":{"rendered":"<div dir=\"auto\"><strong>Eduardo L\u00f3pez Almaraz<\/strong><\/div>\n<div dir=\"auto\"><\/div>\n<div dir=\"auto\">En d\u00edas recientes, espec\u00edficamente el pasado martes 12 de abril, el Congreso local vot\u00f3 la Ley 179 del Sistema de Seguridad P\u00fablica del Estado Libre y Soberano de Guerrero y el Poder Ejecutivo la public\u00f3 en el Peri\u00f3dico Oficial dos d\u00edas despu\u00e9s para intentar cumplimentar la sentencia ejecutoria emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n sobre el tema particular.<\/div>\n<div dir=\"auto\"><\/div>\n<div dir=\"auto\">En su sentencia, la Corte resolvi\u00f3 como acci\u00f3n de inconstitucionalidad 81\/2018, promovida por la Comisi\u00f3n Nacional de los Derechos Humanos en contra del Decreto 778 por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Ley 701 de Reconocimiento, Derechos y Cultura de los Pueblos y Comunidades Ind\u00edgenas del Estado de Guerrero y el Decreto por el que se expidi\u00f3 la Ley 777 del Sistema de Seguridad P\u00fablica del Estado de Guerrero.<\/div>\n<div dir=\"auto\"><\/div>\n<div dir=\"auto\">Para cualquier lector iletrado, la aprobaci\u00f3n de la nueva ley y su respectiva publicaci\u00f3n, legalmente obligatoria, dar\u00eda por resuelta parte de la sentencia de la SCJN para evitar que Guerrero se quedara sin una ley en seguridad p\u00fablica. Sin embargo, vale la pena hacer algunas acotaciones.<\/div>\n<div dir=\"auto\"><\/div>\n<div dir=\"auto\">El m\u00e1ximo tribunal del pa\u00eds fue claro al precisar que en el plazo de 12 meses deb\u00eda la autoridad responsable convocar a las comunidades ind\u00edgenas y afromexicanas a la consulta previa para la emisi\u00f3n de una nueva ley de seguridad p\u00fablica. Seg\u00fan la Corte tendr\u00edan que ser dichas comunidades las que elaboraran la convocatoria, las formas, mecanismos y tem\u00e1ticas que se abordar\u00edan; formas de desarrollar las reuniones; levantamiento de acuerdos y en general todo el mecanismo antes, durante y despu\u00e9s de estas consultas en las que desde luego sea el tema de la seguridad p\u00fablica de todos los cap\u00edtulos y articulados se pretendiera regular en dicho instrumento legal.<\/div>\n<div dir=\"auto\"><\/div>\n<div dir=\"auto\">Como se aprecia en los considerandos y antecedentes de esta ley 179, solo el 30 por ciento de estas comunidades aceptaron la convocatoria; el 36 por ciento no acept\u00f3 y el resto no contest\u00f3. Peor a\u00fan: fue hasta inicios del mes de marzo cuando el Parlamento local puso atenci\u00f3n a esta exigencia de la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n.<\/div>\n<div dir=\"auto\"><\/div>\n<div dir=\"auto\">Esa numerolog\u00eda significa que solamente una tercera parte de estas comunidades aceptaron participar en este proyecto y del que ni siquiera se ajust\u00f3 el procedimiento de este bajo porcentaje de dichas comunidades a los requisitos marcados por el m\u00e1ximo tribunal del pa\u00eds. Am\u00e9n de que los responsables del acto reclamado le pusieron atenci\u00f3n a los 11 meses del plazo marcado en la ejecutoria, es decir que ni el gobierno saliente de la administraci\u00f3n anterior ni el gobierno actual, pusieron atenci\u00f3n a este compromiso, sino a un mes de concluido el plazo.<\/div>\n<div dir=\"auto\"><\/div>\n<div dir=\"auto\">N\u00f3tese adem\u00e1s que en el contenido de esta ley 179 no se regula nada sobre el sistema de justicia comunitaria, ni mucho menos se tom\u00f3 en cuenta a las comunidades ind\u00edgenas y afromexicanas para estructurar lo preceptuado en dicho cuerpo de ley, y adem\u00e1s refiere en los transitorios que, en tanto se emita la nueva ley que sustituya a la 701 y la reforma al art\u00edculo 14 de la Constituci\u00f3n local (que tambi\u00e9n fueron nulificados por la Corte) hasta entonces atender\u00edan lo que requiero dicho tribunal supremo, de atender a la consulta de las referidas comunidades.<\/div>\n<div dir=\"auto\"><\/div>\n<div dir=\"auto\">En el argot de postulantes, entre abogados pues, se comenta que esto que hizo la autoridad responsable al votar su ley 179 se le llama chicanada o argucia legal que consiste en simular el cumplimiento de un mandato legal para evadir sus responsabilidades. Eso significa que no es m\u00e1s que otra cosa que darse un balazo en el pie ya que lo \u00fanico que est\u00e1n haciendo es alargar la aplicaci\u00f3n de probables sanciones.<\/div>\n<div dir=\"auto\"><\/div>\n<div dir=\"auto\">Efectivamente, la ley de amparo es clara al regular que cuando una autoridad responsable no cumple a cabalidad los efectos de una ejecutoria federal, procede la destituci\u00f3n de la autoridad responsable, aparte del fincamiento de responsabilidad penal.<\/div>\n<div dir=\"auto\"><\/div>\n<div dir=\"auto\">Obs\u00e9rvese adem\u00e1s que est\u00e1 ley 179 no es m\u00e1s que una copia de la 777 y solo lo que le quitaron fue el cap\u00edtulo del sistema de justicia comunitaria y remitiendo a los transitorios el supuesto cumplimiento del fallo de la Corte.<\/div>\n<div dir=\"auto\"><\/div>\n<div dir=\"auto\">En el an\u00e1lisis de identificar probables responsables de estos actos de incumplimiento, podemos se\u00f1alar a los integrantes de la actual Legislatura del estado, pero tambi\u00e9n a los \u00f3rganos pol\u00edticos y de seguridad p\u00fablica del propio poder ejecutivo del estado.<\/div>\n<div dir=\"auto\"><\/div>\n<div dir=\"auto\">Efectivamente, debi\u00f3 ser la Secretar\u00eda General de Gobierno la encargada de asesorar adecuadamente a la gobernadora sobre los alcances pol\u00edticos y jur\u00eddicos de un tema tan trascendental a fin de evitar complicaciones en su gobernar con autoridades de orden judicial federal, pero adem\u00e1s de atender a las comunidades ind\u00edgenas y afromexicanas como es el discurso y perfil de este gobierno de la Cuatrot\u00e9.<\/div>\n<div dir=\"auto\"><\/div>\n<div dir=\"auto\">Adem\u00e1s, se nota la falta de protagonismo activo de la Secretar\u00eda de Seguridad P\u00fablica del Estado ya que, como dependencia de coordinaci\u00f3n global, debi\u00f3 en todo momento ser part\u00edcipe de motivar en incentivar el cumplimiento de la ejecutoria; sin embargo, su participaci\u00f3n pasiva y sin injerencia al tema dio como consecuencia la desatenci\u00f3n del sector.<\/div>\n<div dir=\"auto\"><\/div>\n<div dir=\"auto\">Y una prueba final que el proceso no fue tomado de manera importante, el 4 de abril \u2014diez d\u00edas antes del cabal cumplimiento de la orden judicial de la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n, la diputada local de Morena, Beatriz Mojica Morga (excandidata a gobernadora por el que fue su partido antes, el PRD) pidi\u00f3 licencia para matraquear la campa\u00f1a medi\u00e1tica en favor de la consulta ciudadana de la revocaci\u00f3n del mandato.<\/div>\n<div dir=\"auto\"><\/div>\n<div dir=\"auto\">En pocas palabras, el Congreso del Estado de Guerrero est\u00e1 caminando por un hilito muy delgado y la lumbre est\u00e1 cerquita. Ya veremos qu\u00e9 pasa.<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Eduardo L\u00f3pez Almaraz En d\u00edas recientes, espec\u00edficamente el pasado martes 12 de abril, el Congreso local vot\u00f3 la Ley 179 del Sistema de Seguridad P\u00fablica del Estado Libre y Soberano de Guerrero y el Poder Ejecutivo la public\u00f3 en el Peri\u00f3dico Oficial dos d\u00edas despu\u00e9s para intentar cumplimentar la sentencia ejecutoria emitida por la Suprema [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":35,"featured_media":684,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[23],"tags":[],"class_list":["post-18395","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-articulistas"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/indicadorpolitico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/18395","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/indicadorpolitico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/indicadorpolitico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/indicadorpolitico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/35"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/indicadorpolitico.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=18395"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/indicadorpolitico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/18395\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/indicadorpolitico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/684"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/indicadorpolitico.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=18395"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/indicadorpolitico.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=18395"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/indicadorpolitico.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=18395"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}