{"id":22934,"date":"2022-10-28T10:13:30","date_gmt":"2022-10-28T15:13:30","guid":{"rendered":"https:\/\/indicadorpolitico.com.mx\/?p=22934"},"modified":"2022-10-28T10:13:30","modified_gmt":"2022-10-28T15:13:30","slug":"habra-o-no-paridad-en-coahuila-y-estado-de-mexico","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/indicadorpolitico.com.mx\/?p=22934","title":{"rendered":"\u00bfHabr\u00e1 o no paridad en Coahuila y Estado de M\u00e9xico?"},"content":{"rendered":"<p>Para las elecciones 2023 de gubernaturas en Coahuila y el Estado de M\u00e9xico, los partidos pol\u00edticos s\u00ed deber\u00e1n aplicar el principio de paridad en la postulaci\u00f3n de candidaturas, solo que conforme a las normas locales emitidas por el respectivo Congreso de dichas entidades.<\/p>\n<p>O sea, que ambos Congresos Locales s\u00ed legislaron en materia de paridad.<\/p>\n<p>Por eso, el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci\u00f3n (TEPJF)\u00a0modific\u00f3 el acuerdo emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) en el que se orden\u00f3 a los partidos nacionales adecuar sus documentos b\u00e1sicos para establecer los criterios m\u00ednimos sobre paridad en la postulaci\u00f3n, como lo mandat\u00f3 el m\u00e1ximo \u00f3rgano jurisdiccional en materia electoral.<\/p>\n<p>Lo mandat\u00f3, en tanto exitiera omisi\u00f3n legislativa.<\/p>\n<p>Y en el caso de ambas entidades federativas no hay omisi\u00f3n legislativa\u00a0para la postulaci\u00f3n paritaria a gubernatura, pues los Congresos ya emitieron reglas en la materia.<\/p>\n<p>De ah\u00ed que la mayor\u00eda de las personas magistradas de la Sala Superior presentes en la sesi\u00f3n de este jueves consideraron que el INE se extralimit\u00f3 en sus facultades, al emitir criterios de paridad para la elecci\u00f3n de ambas entidades federativas; por cierto, con plazos algo apretados.<\/p>\n<p>Ah, pero el hecho de que ambos Congresos Locales hayan legislado en materia de paridad en la postulaci\u00f3n de candidaturas, tampoco da manga ancha a los actores pol\u00edticos de tales entidades de hacer lo que les venga en gana.<\/p>\n<p>Las personas magistradas de la Sala Superior clarito advirtieron que aun cuando los Congresos de Coahuila y el Estado de M\u00e9xico hayan legislado,\u00a0<em>\u201c<strong>no elimina la posibilidad (de) que la Sala Superior se pronuncie, m\u00e1s adelante, en casos concretos, frente a la aplicaci\u00f3n de las reglas de paridad locales, sobre su efectividad.\u201d\u00a0<\/strong><\/em><\/p>\n<p>O sea que las reglas locales corren el riesgo de ser impugnadas y quiz\u00e1 hasta de darles rev\u00e9s si acaso socavan la efectividad del principio de paridad. En otras palabras, por si los partidos pol\u00edticos pretenden hacer trampas para incumplir.<\/p>\n<p>En fin, la magistrada M\u00f3nica Aral\u00ed Soto Fregoso fue quien propuso\u00a0\u00a0revocar lisa y llanamente el acuerdo emitido por el Consejo General del INE, considerando que \u00e9ste carece de competencia para emitir el acuerdo en comento, el cual fue impugnado por los partidos Revolucionario Institucional (PRI), de la Revoluci\u00f3n Democr\u00e1tica (PRD), y Morena.<\/p>\n<p>La facultad, estim\u00f3 la magistrada, est\u00e1 reservada a los congresos de la Uni\u00f3n y locales, por tanto, el Instituto se extralimit\u00f3 en sus facultades, pues, adem\u00e1s, la Sala Superior vincul\u00f3 al INE solamente para verificar el cumplimiento de lo ordenado por este \u00f3rgano jurisdiccional a los partidos nacionales en cuanto a postular candidaturas de forma paritaria en la vertiente horizontal, y establecer mecanismos de competitividad.<\/p>\n<p>Por el contrario, los magistrados Felipe de la Mata Piza\u00f1a, Felipe Alfredo Fuentes Barrera y Reyes Rodr\u00edguez Mondrag\u00f3n, valoraron que el INE s\u00ed tiene competencia para vincular a los partidos a la modificaci\u00f3n de sus documentos b\u00e1sicos, pues se trataba de una obligaci\u00f3n que hab\u00eda adquirido como parte del cumplimiento de lo ordenado anteriormente por la Sala Superior. Empero, en tanto existiera una omisi\u00f3n legislativa.<\/p>\n<p>En fin, que la Sala Superior confirm\u00f3 el acuerdo del INE repecto a la obligaci\u00f3n de los partidos pol\u00edticos de modificar sus documentos b\u00e1sicos para cumplir con el principio de paridad, pero 90 d\u00edas antes del siguiente proceso electoral federal, que es el del 2024.<\/p>\n<p>As\u00ed que tienen como plazo hasta finales de mayo de 2023 para cumplir, salvo que con la reforma electoral se modifiquen plazos y el proceso electoral federal que conforme la ley vigente debe iniciar en la primera semana de septiembre del a\u00f1o anterior al de la elecci\u00f3n, inicie en fecha distinta.<\/p>\n<p><strong>LAS DE 2024\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>En 2024, adem\u00e1s de las elecciones federales, habr\u00e1 comicios locales en alrededor de 30 entidades federativas donde elegir\u00e1n diversos cargos populares; y ocho de \u00e9stas van a renovar gubernatura, que son las siguientes:<\/p>\n<p>Chiapas, Guanajuato, Jalisco, Morelos, Puebla, Tabasco, Veracruz y Yucat\u00e1n.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, la Ciudad de M\u00e9xico renovar\u00e1 la Jefatura de Gobierno.<\/p>\n<p>As\u00ed que el respectivo \u00f3rgano legislativo de dichas entidades, deber\u00e1n (si es que no lo han hecho) legislar cuanto antes en materia de paridad de g\u00e9nero para la postulaci\u00f3n de las candIdaturas a las gubernaturas.<\/p>\n<p>Correo:\u00a0<a href=\"mailto:rosyrama@hotmail.com\">rosyrama@hotmail.com<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Para las elecciones 2023 de gubernaturas en Coahuila y el Estado de M\u00e9xico, los partidos pol\u00edticos s\u00ed deber\u00e1n aplicar el principio de paridad en la postulaci\u00f3n de candidaturas, solo que conforme a las normas locales emitidas por el respectivo Congreso de dichas entidades. O sea, que ambos Congresos Locales s\u00ed legislaron en materia de paridad. [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":15,"featured_media":436,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[23],"tags":[369,29,628,187],"class_list":["post-22934","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-articulistas","tag-coahuila","tag-elecciones","tag-estado-de-mexico","tag-paridad-de-genero"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/indicadorpolitico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/22934","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/indicadorpolitico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/indicadorpolitico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/indicadorpolitico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/15"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/indicadorpolitico.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=22934"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/indicadorpolitico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/22934\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/indicadorpolitico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/436"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/indicadorpolitico.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=22934"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/indicadorpolitico.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=22934"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/indicadorpolitico.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=22934"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}