El pleno de la SCJN declara inconstitucional la facultad del presidente de la república para determinar el destino de los ahorros por austeridad

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Al discutirse la acción de inconstitucionalidad de la Ley Federal de Austeridad Republicana y la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Pleno de la SCJN declaró inconstitucional esa facultad del Presidente de la República, lo que fue aprobado por mayoría de 9 votos.

Por su parte, la Ministra Esquivel refirió que desde hace más de tres lustros se hace uso de los recursos generados de ahorros y derivados de medidas de austeridad presupuesta, pues desde el 2006 se brindaba una facultad de mayor amplitud a la que hoy se tiene, ya que establecía en términos mucho más generales, la facultad para que los recursos generados por la aplicación de medidas de austeridad presupuestal se aplicarán con amplia libertad.

Precisó que en la actualidad el titular del Poder Ejecutivo está limitado a que esos ahorros se ejerzan mediante decreto, firmado por el Secretario del Ramo, o bien, para aplicarlos a programas ya previstos en el Plan Nacional de Desarrollo.

La mayoría del Pleno de la SCJN declaró inconstitucional esa facultad.