La revisión de la afiliación efectiva para determinar las curules

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Hace tiempo, a la par de la reformas en materia de coalición, debieron ajustarse las reglas en cuanto a la asignación de curules y escaños de representación proporcional tanto en la integración de las cámaras del Congreso de la Unión como de los Congresos Locales.

Para no ir tan lejos, el ajuste debió formar parte de la reforma de 2014. Sin embargo, por desidia o por conveniencia política, el legislador ha dejado pasar las cosas metiendo en problemas a las autoridades electorales administrativas y jurisdiccionales.

Incluso, diversas disposiciones de la Constitución y de la ley, prácticamente usan como sinónimo de “partido” el vocablo “coalición”. ¿Flojera del legislador? ¿O resquicio para el fraude a la norma? No son simples vocablos, sino figuras jurídicas diferentes.

El Instituto y el Tribunal han tenido que hacer las precisiones a punta de acuerdos y sentencias, respectivamente.

Los partidos siempre andan en la búsqueda de “despacharse con la cuchara grande”; lo hicieron el PRI y el PAN estando en el poder; y, Morena no ha sido la excepción.

El contexto viene a colación por las reglas que acaba de emitir el Instituto Nacional Electoral (INE) para evitar la sobrerrepresentación partidista en la Cámara de Diputados Federal. Y que quizá retomen los OPL si caso quedan firmes por resolución del TEPJF.

“Si acaso” porque seguramente lloverán las impugnaciones por parte de todos los partidos políticos nacionales pues dichas reglas les estropean los planes para trampear la representatividad política en la Cámara Baja.

Llegado el momento veremos qué dice la Sala Superior, donde existe una mayoría obediente al partido gobernante y una minoría dócil a la oposición; y quizá ahora hagan equipo al tratarse del mismo interés de casi todos los partidos.

Con seguridad, en el órgano jurisdiccional se escucharán argumentos como los siguientes: El INE está legislando, el Consejo General se excedió en su facultades, las normas debieron emitirse al principio del proceso electoral, etc.

Por lo pronto, las reglas emitidas por el INE parecen perfectas para hacer efectivo el siguiente mandato constitucional:  En ningún caso, un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principios que representen un porcentaje del total de la Cámara que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación nacional emitida”. 

(Es más, no tendría por qué permitirse el excedente de ocho puntos, ni ningún otro; en una próxima reforma electoral deben desaparecerlo porque implica consentir la sobrerrepresentación por mínima que sea).

Claro, hay que estudiar con lupa las normas en comento porque, de quedar firmes, marcarían un parte-aguas en la representatividad política.

De por sí es sumamente compleja la fórmula de asignación de curules representación proporcional mejor conocidas como plurinominales. Y ahora el INE determina mecanismos para aplicarla, al parecer haciendo ajustes desde los triunfos de mayoría.

Conforme se explica en el comunicado del INE (porque no han subido el acuerdo) habría tres reglas básicas:

Se verificará la afiliación efectiva de cada una de las candidatas y los candidatos triunfadores por el principio de mayoría relativa; es decir, aquella que esté vigente al momento del registro de la candidaturaPor tanto, el triunfo será contabilizado a favor del partido con el cual el o la candidata ganadora tengan una afiliación efectiva”. 

En caso de que la candidatura triunfadora no tenga una afiliación efectiva a alguno de los partidos que la postularon, el triunfo será contabilizado en los términos de lo expresado por el convenio de coalición aprobado, buscando el mayor equilibrio entre el porcentaje de votos y escaños obtenidos.” 

“en caso de que la candidata o el candidato triunfador haya contendido por la reelección, (si) éste no cuente con una ‘afiliación efectiva’ a alguno de los partidos que le postularon, el triunfo será contabilizado, para efectos de la asignación, al partido a cuyo grupo parlamentario haya pertenecido al momento del registro de la candidatura

Interesante.

Seguramente en la mayoría de los partidos están como agua para chocolate, no solo en Morena, porque todos de algún modo se han beneficiado de la sobrerrepresentación y de las trampas vía coaliciones. Aunque algunos han sido afectados con la sub-representación.

Así que ya se les aguó la fiesta a aquellos partidos que ya habían hecho sus arreglitos para meter de mayoría más diputados mediante otras siglas y simular ganar menos curules por este principio, con el ánimo de obtener más pluris; salvo que el Tribunal de reversa al acuerdo del INE (que es lo más seguro).

En fin, a ver qué pasa. El tema da para mucho.

OAXACA: PRIMERA PRECANDIDATA ASESINADA 

En el estado de Oaxaca, al medio día del sábado pasado fue a asesinada a balazos Ivonne Gallegos Carreño, precandidata a presidenta municipal de Ocotlán de Morelos, municipio localizado a unos 45 minutos de la capital oaxaqueña.

Ella pintaba fuerte y la traía la coalición “Va por Oaxaca” (PRI-PAN-PRD), aunque en su cuenta de Twitter aun no manejaba las siglas de ningún partido.

Su asesinato enrarece el ambiente político-electoral en la entidad oaxaqueña, además siembra preocupación en torno a la integridad física de las y los aspirantes a cargos de elección popular para las elecciones concurrentes de 2021.

El asesinato de la ex diputada local por el PAN y ex funcionaria del actual gobierno estatal, ha generado indignación en la sociedad oaxaqueña.

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