Gobierno de Coacalco refuerza medidas sanitarias para prevenir contagios de Covid-19

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*Unidades económicas, mercados, tianguis, plazas y centros comerciales deberán regirse por estos lineamientos.

*El objetivo es dar continuidad a la actividad económica, priorizando la salud de la población.

Para proteger la salud de la población, el Cabildo de Coacalco aprobó las medidas preventivas y de seguridad que estarán vigentes durante el semáforo de riesgo epidemiológico naranja, en unidades económicas, mercados, tianguis, plazas y centros comerciales.

Durante la 117 Sesión Ordinaria de Cabildo, el Presidente Municipal, Darwin Eslava, destacó que el reforzamiento de las acciones preventivas, permitirá que el sector comercial siga sus actividades, priorizando en todo momento el cuidado de la salud de las y los coacalquenses.

Derivado de ello y en atención al “Acuerdo por el que se establecen medidas para la continuación de actividades económicas, sociales y gubernamentales con motivo del virus Covid-19, en el Estado de México”, se determinaron las siguientes medidas:

Las unidades económicas, mercados y espacios públicos en los que se instalan tianguis, deberán respetar el aforo máximo del 50 por ciento en todo momento, procurando que la clientela este solamente el tiempo necesario para hacer las compras y/o el consumo de alimentos.

Los mercados y tianguis deberán contar con una entrada y salida única, proporcionar gel antibacterial, verificar el uso adecuado de cubrebocas, tomar temperatura corporal y en caso de que se detecte una temperatura mayor a 37.5 grados se limitará el acceso y se les pedirá remitirse a su domicilio.

Además, se deberá limitar en la medida de lo posible, el acceso a una persona por familia y, solo en casos excepcionales, se permitirá el acceso a mujeres embarazadas, adultos mayores y menores de edad acompañados de adultos. En ningún caso se deberá permitir el acceso a personas sin cubrebocas.

Para los tianguis, la distancia entre cada puesto no podrá ser menor a 1.5 metros de distancia y en el caso de los dedicados a la venta de alimentos, deberán respetar las medidas de sana distancia entre mesas y personas, realizando la desinfección constante de las mismas con un aforo del 50 por ciento en cada una.

Los puestos y puntos donde se elabora o se entregan los alimentos deberán estar cubiertos o protegidos con barreras de plástico para evitar el contacto directo entre comerciantes y clientes.

Respecto a las plazas y centros comerciales, así como tiendas de autoservicio deberán acatar las siguientes disposiciones: el aforo máximo permitido será conforme al establecido en la licencia de funcionamiento y deberán tener un sistema de conteo de personas en sus accesos peatonales para garantizar el 50 por ciento de aforo.

Colocar filtros sanitarios en el ingreso a las instalaciones; proporcionar gel antibacterial; verificar el uso adecuado de cubrebocas; tomar la temperatura corporal y en caso de que se detecte una temperatura mayor a 37.5 grados se limitará el acceso.

Dentro de las instalaciones, se deberá respetar la sana distancia de 1.5 metros; portar correctamente y en todo momento el cubrebocas; no se permitirán salas de espera, filas o cualquier otro tipo de mecanismo que genere aglomeraciones afuera de los establecimientos.

En el ingreso a las tiendas de autoservicio o departamentales se limitará a una persona por familia, en tanto que en los estacionamientos públicos se deberán colocar señalamientos o cualquier otro mecanismo que garantice limitar al 50 por ciento de su capacidad de operación.

Además, desinfectar completamente antes de la apertura, prestando especial atención a la limpieza de las áreas públicas, así como los puntos donde se encuentren los contenedores para los residuos.

Se deberán mantener cerradas las áreas de descanso (salas, sillones, gradas) o en su caso, limitarlas de manera que garanticen el cumplimiento de la sana distancia y con ello, evitar que los clientes permanezcan más del tiempo necesario en las instalaciones deambulando sin motivo alguno.

Estas disposiciones estarán vigentes hasta que las autoridades sanitarias competentes determinen un nivel de riesgo epidemiológico bajo.