Los porqués de la propuesta de suspender los procesos de elección de ‘corcholatas’

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Parece que ni el partido oficial (y aliados), ni la oposición tripartita, tienen escapatoria en la propuesta de la magistrada Janine Otálora Malassis de suspender los procesos para elegir Coordinación Nacional para la Defensa de la Transformación y Responsable Nacional para la Construcción del Frente Amplio por México, respectivamente.

Porque considera que se trata de sendos fraudes a la ley electoral para elegir candidaturas a la Presidencia de la República. Y que de consentir tales procesos, se estaría permitiendo la violación sistemática a normas y principios constitucionales garantes de la equidad.

No tienen desperdicio los dos proyectos de acuerdo de la magistrada Janine, que serán discutidos en breve por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), tal vez este miércoles o en una próxima sesión.

Y no es que considere el fraude a la ley nada más porque sí, no; sino Otálora Malassis argumenta y fundamenta su decisión en base a la ley, a datos y pruebas aportados por los denunciantes, a criterios del propio TEPJF, antecedentes jurisdiccionales, estatutos de los partidos políticos denunciados, actos y declaraciones de las ‘corcholatas’ de ambos lados, lineamientos de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, y documentales y fotografías recabadas por el Instituto, entre otros elementos.

No obstante, es incierto el sentido del voto de la mayoría del Pleno de la Sala Superior.

Lo que sí, con su propuesta la magistrada Janine intenta frenar el fraude a la ley, los actos anticipados de precampaña y campaña de las pretendidas coaliciones de Morena-PT-PVEM con su proceso para elegir titular de la Coordinación para la Defensa de la Transformación por un lado; por el otro, del PAN-PRI-PRD con su proceso para seleccionar Responsable Nacional para la Construcción del Frente Amplio por México.

Además, frenar el jarabe que tales partidos bailan encima de las autoridades electorales; por un lado pidiéndoles aplicar la ley, y por el otro, burlándose de la facultad de éstas.

Y miren la autoridad jurisdiccional no hubiese intervanido si los partidos o sus militantes no hubieran denunciado, pero unos denuncian a los otros de actos anticipados, de violación a los principios de equidad y de neutralidad, de parcialidad en el uso de los recursos públicos; y viceversa.

Y los dos proyectos de sentencia de la magistrada Otálora Malassis reflejan un ‘todos coludos o todos rabones’, y bien justificadito con los propios elementos aportados por los denunciados y los que constan en los expedientes integrados en las áreas competentes del INE.

Por ejemplo, Morena entre otras  cosas se queja de que ‘corcholatas’ del Frente Amplio por México no quieren dejar sus cargos públicos (diputado Santiago Creel) y por consiguiente hay violación a principios constitucionales. La magistrada Janine le da la razón en parte. Pero además le dice al partido guinda haberse quedado corto en su denuncia.

Claro, se lo dice con lenguaje jurisdiccional.

Otálora Malassis argumenta que los partidos tienen derecho a auto organizarse y a asociarse entre sí a través de figuras como las coaliciones, frentes y fusiones, pero el caso de la elección de Responsable Nacional del Frente Amplio por México es evidente que se trata de una simulación para elegir anticipadamente la candidatura presidencial.

Porque la figura de Responsable Nacional no existe en los estatutos del PAN, del PRI, ni del PRD; cuyos dirigentes nacionales tiempito antes anunciaron su intención de coaligarse para las elecciones 2024, que luego en medios de comunicación se informó la fecha en que los tres partidos darían a conocer el método de selección de su candidatura presidencial, más tarde informaron de la constitución del Frente y de la elección del referido Responsable en un proceso con varias etapas.

El proyecto de sentencia además cita frases de dirigentes partidistas y de aspirantes al cargo de Responsable Nacional que aluden a este proceso con relación a la elección presidencial.

Por ejemplo, cita frases de los discursos del panista Marko Cortés, del priista Alejandro Moreno y del perredista Jesús Zambrano, así como el mensaje en redes sociales de Xóchitl Gálvez Ruiz cuando no es recibida en Palacio Nacional para ejercer su derecho de réplica, en el cual en algún momento dice: “…voy a ser la próxima Presidenta de México”.

En el otro proyecto de sentencia, también dándole razón a la denunciante, la magistrada Janine sostiene que la Coordinación Nacional para la Defensa de la Transformación no se encuentra en los estatutos de Morena, y que el proceso para elegir al titular de esa Coordinación, al cual convocó este partido, participan militantes de otros partidos como el PT y el PVEM. Entonces, ¿es proceso interno o qué es?

Que incluso Morena acordó proporcionar determinados recursos a las personas participantes en este proceso que no corresponde a una actividad que pueda sufragarse con financiamiento ordinario.

En su amplia argumentación, la magistrada considera la existencia de un fraude a la ley porque el proceso morenista tiende a elegir candidatura presidencial. Y alude las ocasiones y las entidades federativas en las cuales Morena ha seleccionado anticipadamente candidatos y candidatas mediante la figura de Comités para la Defensa de la Transformación, por lo cual el partido fue sancionado.

Además, el proyecto de sentencia incluye citas y fotografías de todas las ‘corcholatas’ de la Transformación (Claudia Sheinbaum, Marcelo Ebrard, Adán Augusto, Ricardo Monreal, Gerardo Fernández Noroña y Manuel Velasco Coello) en declaraciones o eventos en los cuales se les ha escapado aludir a la elección presidencial, programas de gobierno, ofertas, etc.

En fin, que en las dos sentencias la magistrada Otálora hace notar claramente la violación de los lineamientos emitidos por el INE al dictar medidas preventivas, y la similitud de ambos procesos con el proceso interno de los partidos políticos para elegir candidaturas.

En verdad, ambos proyectos no tienen desperdicio. Y si no son aprobados al menos por la mayoría del Pleno de la Sala Superior, los partidos políticos perderán el poquito respeto que todavía tienen para con las autoridades electorales, pero además seguirán rompiendo la equidad con la sobre exposición de sus aspirantes presidenciales.

Decíamos en columna anterior que las resoluciones del INE y las sentencias del Tribunal tendientes a frenar a los partidos y ‘corcholatas’ de cualquier color, deben tomarse por el lado amable por parte de éstos y éstas sin esperar a que una próxima sea la negativa de registro o la nulidad de la elección.

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