Lineamientos, ¿camisa de fuerza a partidos y candidaturas a todos los cargos?

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La consejera Claudia Zavala lo dijo con todas sus letras: “Eso de los procesos inéditos simplemente no existe. Lo que sí existe son procesos electorales que se llevan a cabo conforme a la ley o, por el contrario, fuera del marco de la ley”.

Ello, cuando la noche de este miércoles en el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) se discutían los “Lineamientos generales para regular y fiscalizar los procesos, actos, actividades y propaganda realizados en los Procesos Políticos.”

O sea, para regular y revisar los procesos para la elección del Responsable Nacional para la Construcción del Frente Amplio por México (del PAN-PRI-PRD) y de la persona titular de la Coordinación para la Defensa de la Transformación (de Morena-PT-PVEM), considerados actos partidistas de organización interna, aunque más bien parezcan pre-precampaña.

Y por cierto, con toda la razón la consejera Zavala puntualizó: “Ni la Constitución, ni las leyes electorales prevén un periodo de algo así como pre-precampañas.”

Precisamente por lo mismo, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al INE “normar una serie de actividades proselitistas” en un periodo que no está contemplado en ninguna norma.

Mmmm…es…cómo podría decirse…es normar la vuelta que Morena y aliados así como la oposición dieron a las normatividad electoral para seleccionar anticipadamente a su respectiva candidatura presidencial al mismo tiempo de sacar ventaja posicionándose en el ánimo de la ciudadanía en general sin estar bajo la lupa de las autoridades electorales.

Lo más que podía hacer el INE vía su comisión competente es dictar medidas cautelares, además de pronunciarse por la realización de actos anticipados de precampaña o campaña. Y el Tribunal Electoral resolver en su caso sobre sanciones.

Ahora, a falta de normatividad el INE emitió los lineamientos ordenados por la Sala Superior para normar y fiscalizar esos procesos ‘inéditos’, que lo son no por equitativos, sino por lo novedosamente ventajosos fuera del marco de la ley. Y además seguirán aplicándose las normas relativas a los actos anticipados de precampañas y campaña.

 Una camisa de fuerza, según parece.

Y no solamente a los partidos políticos y aspirantes presidenciales, sino a éstos y sus prospectos a todos los cargos populares. Los magistrados de la Sala Superior fueron claros al decir que serían lineamientos para regular también procesos similares ante la víspera de los procesos electorales concurrentes locales.

Pareciera como que el Tribunal Electoral dobló las manos. Sin embargo, puede ser que más bien abrió un camino que le permita sancionar cuando se incumplan los lineamientos. Ahora falta que éstos sean los idóneos. En fin.

Por lo pronto en los lineamientos aprobados anoche esos procesos políticos (‘ineditos’) se definen como “conjunto de actos, actividades y propaganda que realizan los partidos políticos y cualquier persona cuya naturaleza y finalidad sea establecer una estrategia encaminada a posicionar y/o definir liderazgos políticos, que podrían ostentar una precandidatura o candidatura en el proceso electoral, así como aquellos otros procesos que sean similares”.

Y se emitieron con el objetivo de salvaguardar los principios de equidad, imparcialidad, neutralidad y legalidad de cara al Proceso Electoral Federal 2023-2024.

EL RIESGO

Precisamente ahí los riesgos de los lineamientos para los partidos políticos y las personas aspirantes a la titularidad de los cargos simulados para la obtención en realidad de la candidatura presidencial.

Lo de menos es que la autoridad electoral ordene el retiro inmediato de la propaganda (espectaculares, gallardetes, posters, etc.), lo de más es la fiscalización, en la cual está el mayor riesgo, pues la autoridad revisará de cuánto ha sido el gasto en esos procesos políticos y cómo se han financiado.

De modo tal que el dinero empleado sea de origen lícito (prácticamente nada más del financiamiento ordinario de los partidos políticos) y que no se rebase el monto que en los mismos lineamientos estableció la autoridad electoral: No más de 34 millones 370 mil 666.00 pesos por persona inscrita en dichos procesos.

¿Y no lo habrán rebasado ya? Ya llevan más del mes haciendo eventos proselitistas, en algunos casos con un gran despliegue de propaganda, que en su mayoría a todas luces es electoral, lo cual es algo a regular con los lineamientos y a revisar por parte del INE.

Incumplir estos lineamientos en materia de fiscalización podría dejarlos fuera de la contienda electoral de 2024.

LA OPINIÓN DE UUC-KIB ESPADAS

El Consejero Uuc-kib Espadas se pronunció porque en el futuro de la democracia mexicana “tendamos a fortalecer los mecanismos que eviten que el dinero público se desvíe de sus objetivos, pero que paralelamente y en la medida en que esos controles se fortalezcan y sean más eficaces, se amplíe la libertad de quienes han optado por la vida partidista de expresarse en todos los ámbitos de la sociedad, de militar abiertamente y de buscar sumar a sus filas a sectores cada vez más amplios”.

Tiene razón.

Incluso, el uso del dinero público fue una de las razones por la cual la entonces oposición (hoy gobierno) luchó por el establecimiento de la fiscalización del gasto de los partidos políticos y candidaturas tanto en tiempos ordinarios los primeros como en época electoral todos.

Pero la realidad ha rebasado las reglas.

También tiene razón en cuanto a la libertad de los actores políticos, sobre todo la libertad de expresión. ¿Por qué tenerlos con un bozal? Sin embargo, el derecho a la libertad no es absoluto, tiene límites constitucionales. Y esta libertad en materia política, también debe tenerlos.

Quizá sea necesario establecer reglas claras sobre la libertad de expresión de partidos, candidatos (as) y gobernantes en el contexto de procesos electorales, en una próxima reforma electoral.

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