El tajante no al chapulineo legislativo liso y llano vía reelección

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Se quedaron con las ganas quienes sin cumplir con parámetros constitucionales pretendían ser electos consecutivamente por partido político distinto al que hizo la postulación en el 2018 o que no formó parte de la coalición, o en otra demarcación electoral. Así sean militantes o externos.

Y es que el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó en lo esencial los lineamientos emitidos por el Instituto Nacional Electoral (INE) sobre elección consecutiva para senadurías y diputaciones federales por ambos principios para el Proceso Electoral Federal 2023-2024.

Aunque modificó el acuerdo respectivo en cuanto a la sugerencia a los partidos sobre la pertinencia de postular a quienes estén en el registro de personas infractoras en materia de violencia política en razón de género; punto discutido por el Pleno de la Sala.

Pero no discutieron en lo mínimo la mayor parte de los lineamientos, cuya confirmación representa un tajante no al chapulineo legislativo liso y llano, porque en realidad la misma Constitución Política permite el chapulineo cuando se cumple cierta condición de temporalidad.

La Carta Magna establece que: “Los Senadores podrán ser electos hasta por dos periodos consecutivos y los Diputados al Congreso de la Unión hasta por cuatro periodos consecutivos. La postulación sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que los hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato.”

Cumpliendo tal condicción, pueden aspirar a la elección consecutiva. Es más el INE les hizo el trabajo de sacar cuentas, pues en el acuerdo respectivo estableció las fechas:

“…para este proceso electoral se entenderá para estos efectos toda renuncia a la militancia presentada hasta el treinta y uno de agosto de dos mil veintiuno para el caso de las senadurías y, hasta el veintiocho de febrero de dos mil veintitrés en el caso de diputaciones.”

Lástima por aquellos legisladores federales que abandonaron su partido para irse a otro con la promesa de éste de postularlos para competir en el 2024 en elección consecutiva, sin considerar el plazo fatal de separación.

En el caso de quienes fueron postulados por un partido político sin ser militantes deberán atender a la misma condición. Es decir, “de manera análoga a la renuncia o separación que se exige a las candidaturas militantes, aquellas deberán acreditar la desvinculación del grupo parlamentario del partido que originalmente los postuló antes de la mitad de su mandato”, establecen los lineamientos.

Y la Sala Superior del TEPJF declaró que “esta exigencia para las candidaturas externas es constitucional”.

Lo mismo que la exigencia de ser postulado en elección consecutiva por el mismo ámbito territorial por el que las personas legisladoras fueron electas en la elección inmediata anterior (en la del 2018), pues el fin de la reelección es la rendición de cuentas, que los electores evalúen los resultados de las personas legisladoras para votar por ellas nuevamente o no votar.

Suena a utopía, pero en teoría es el espíritu de la elección consecutiva, entonces quienes decidan contender en reelección deberán hacerlo por la misma entidad federativa, distrito electoral  o circunscripción por la cual fueron electas.

En este punto para el proceso electoral en macha hay cierta flexibilida para el caso de las diputaciones en razón de la reciente distritación electoral, por lo cual el INE hasta hizo un cuadro por el distrito en el cual pueden competir.

En fin. Las y los aspirantes a la elección consecutiva deberían leer los lineamientos emitidos por el INE, los cuales contienen además ciertas restricciones en cuanto al uso de los recursos públicos, así como exigencias para cumplir con las acciones afirmativas en la postulación de candidaturas.

AVISO EN PUERTA

Se aproxima el momento de saber cuántos diputados, diputadas, sendores, senadoras, van a la elección consecutiva.

Porque en el acuerdo y lineamientos del INE se establece que las personas legisladoras que pretendan elegirse de manera consecutiva deberán notificar su decisión a más tardar un día antes del inicio de las precampañas electorales federales, las cuales deben empezar en la tercera semana de noviembre próximo.

Tal notificación la deben hacer ante los órganos competentes del INE, de la Cámara de Diputados, de la Cámara de Senadores, y del respectivo partido político.

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