Con razón asusta la reforma electoral del Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador; es prácticamente un tsunami. Casi arrasaría con la actual estructura del Instituto Nacional Electoral (INE), del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, de los Organismos Públicos Locales (OPL) y de los Tribunales Estatales Electorales.
Casi, porque “podría” permanecer el personal del servicio profesional, en el caso de los institutos, según plantea el proyecto de iniciativa de ley, donde el mandatario plantea cambios sustanciales que, incluso, no se han difundido ampliamente.
Y es cierto, como dice el presidente AMLO, no desaparecería el órgano nacional encargado de organizar elecciones. Pero los que desaparecerían son los OPL y los tribunales locales.
En el primer caso porque el INE absorvió muchísimas de sus funciones, y porque así representan doble gasto de más de 13 millones de pesos anuales. En el segundo, por ineficacia, pues las resoluciones jurisdiccionales locales terminan siempre en la última instancia federal (la Sala Superior del TEPJF).
¡En el pecado llevan la penitencia!
Porque realmente el Consejo General del INE abusó de sus facultades especiales y asumió innumerables funciones de los OPL, al grado de verse éstos como si fuesen órganos desconcentrados del Instituto, y de someter a las consejerías estatales. Incluso, empezó el “chapulineo”, del INE se pasan a los OPL y viceversa.
Es más, tales Organismos se convirtieron en lugares para acomodar afines al INE…más, bien a consejeras y consejeros del Consejo General del Instituto, incluyendo familiares. Por cierto, en algún momento en el OPL de Oaxaca había una persona de apellido Nacif; quizá mera coincidencia.
Y sí, las Salas Regionales y la Sala Superior del TEPJF con frecuencia tumban las resoluciones de los Tribunales Estatales, por falta de exhaustividad. Amén de ello, en algunos órganos jurisdiccionales locales las sentencias están a disposición del mejor postor.
En fin.
En cuanto a las funciones de los OPL, las obsorvería totalmente el nuevo Instituto Nacional de Elecciones y Consultas (INEC), cuya estructura central y desconcentrada no sería tan amplia ni permanente como ahora, sino se reduciría y se apoyaría en órganos auxiliares y temporales.
En este último caso, según se entiende, se integrarían solamente en procesos electorales y consultas. La iniciativa no es tan explícita. Entonces seguramente se aterrizaría en la ley secundaria, que actualmente es la LGIPE, y que también, de proceder la reforma tal como está, sería remplazada por una nueva ley.
Retomando el tema del INEC, se entiende que si los diputados ya no se elegirán por distritos uninominales, entonces desaparecen las Juntas Ejecutivas y los Consejos Distritales.
Lo más escabroso en torno al INEC sería su integración: Por siete consejeras y consejeros electorales, electos por el voto popular directo; durarían en el cargo por seis años de modo improrrogable, y sería presidente del Consejo General quien más votos obtenga de entre las personas electas.
Las personas a competir por las consejerías serían propuestas en veintenas paritarias por cada uno de los Poderes. La iniciativa de reforma constitucional en materia electoral no plantea con rigurosidad el requisito técnico, pero puede establecerse en la ley secundaria. Al final de cuentas la Carta Magna es la base, que se desglosan en las normas secundarias.
¿Pero se imaginan compitiendo 60 por siete consejerías (salvo que exista un proceso de preselección)? Ah, y las personas aspirantes harían campaña con acceso a tiempos de radio y televisión, fiscalizados de algún modo para evitar la intromisión de intereses diversos.
La elección de tales consejerías sería en agosto, pero para la primera integración del INEC sería en febrero de 2022, a convocatoria emitida por la Cámara de Diputados; el cómputo de la elección la hará el Instituto, informando el resultando a esta Cámara y remitiendo la documentación correspondiente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual resolverá las impugnaciones.
Interesante. Hasta ahora la máxima competencia en medios de impugnación en materia electoral la tiene el TEPJF, con la excepción de las acciones de inconstitucionalidad por leyes contrarias a la Carta Magna. La iniciativa plantea darle competencia a la Corte para resolver las impugnaciones de consejerías y calificar el proceso.
Lo mismo para resolver en el caso de la elección de las magistraturas, para las cuales cada poder tendrá derecho a proponer diez aspirantes, que también harán campaña. No desaparecen las Salas Regionales, pero su integración también sería por voto popular.
En fin, es todo un reto primero aprobar la reforma constitucional y las leyes secundarias (porque también se plantean cambios en medios de impugnación), luego implementarlas y operarlas. Ah, los operadores deberán ser personas especializadas en materia electoral porque vaya que sí es compleja la propuesta de reforma electoral.
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