El revés de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al traslado a la Secretaría de la Defensa Nacional de las facultades orgánicas, administrativas, presupuestales y directivas de la Guardia Nacional, es un revés al mismo Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, por ser el autor de las leyes invalidadas.
Pero no es un revés político, sino jurídico. Porque la Corte resolvió en base a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en cuyo artículo 21 establece que:
“Las instituciones de seguridad pública, incluyendo la Guardia Nacional, serán de carácter civil, disciplinado y profesional…”
“La Federación contará con una institución policial de carácter civil denominada Guardia Nacional…”
De carácter CIVIL.
Por esta razón constitucional, una mayoría de ocho ministros consideraron que tal precepto “establece expresamente que dicha corporación será un ente civil y que su adscripción, así como la determinación de sus acciones, planes y programas, corresponden a la Secretaría del ramo de la seguridad pública, en el caso, a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.”
Entonces no es como dice el presidente AMLO, que los ministros y ministras que votaron a favor de la invalidación “actuaron de manera facciosa y no con criterio jurídico sino político, defendiendo las antiguas prácticas del régimen autoritario y corrupto (…) están al servicio de las cúpulas de poder y no de la mayoría del pueblo de México.”
La función de la Corte es la protección de la Carta Magna; juzgó jurídicamente al resolver las impugnaciones formuladas por senadoras y senadores en contra del Decreto por el que se reformaron diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Ley de la Guardia Nacional; Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos; y la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, en materia de Guardia Nacional y Seguridad Pública.
Aunque para el presidente López Obrador representa una derrota política, máxime cuando él mismo se confrontó con la ministra Norma Lucía Piña Hernández, quien fue electa presidenta de la SCJN en vez de Yasmín Esquivel Mossa, quien era su candidata pero no contó con que ésta fuera acusada de plagio de la tesis de la Licenciatura en Derecho.
Retomando el tema: Puede que el traslado de la Guardia Nacional a la Sedena no se trate de una militarización como dijo uno de los ministros y puede que sea una buena estrategia para la pacificación del país, lo que no se puede es contravenir la Constitución. Primero procedía reformar ésta y luego el conjunto de leyes en la materia.
La esperanza de AMLO es –como lo dijo en su mañanera— es que en la próxima Legislatura del Congreso de la Unión, Morena solo o con sus aliados tenga la mayoría calificada para reformar la Carta Magna con el propósito de incorporar la Guardia Nacional a la Sedena, para lo cual enviará una nueva iniciativa el 1 de septiembre de 2024.
Pero si los partidos políticos de la “Cuarta Transformación” no logran la mayoría calificada, no prosperará su iniciativa, a menos de que Morena convenza a legisladores de oposición.
En fin, siendo evidente la contravención a la Constitución en el caso del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de 9 de septiembre de 2022, no hubo unanimidad del Pleno de la Corte en la invalidación de las reformas al conjunto de leyes.
Por cierto, la Corte no invalidó todas las disposiciones; dejó como válidas las relativas al régimen de reasignación del personal de la Guardia Nacional proveniente de la Policía Naval; al régimen de la estructura orgánica, servicio de carrera y profesionalización del personal de la Guardia Nacional; y el subsistema de colaboración entre la Guardia Nacional y la Fuerza Armada para el desempeño de las funciones de seguridad pública.
Y falta que determine los efectos de la resolución en su conjunto.
¿OTRO REVÉS?
La votación mayoritaria del Pleno de la SCJN en la invalidación del traspaso de la Guardia Nacional a la Sedena, puede ser sintomática de votaciones posteriores, pues si los ocho ministros y ministras se mantienen en la postura de proteger la Constitución Política puede que siga el revés al “Plan B” de la reforma electoral en aquellas disposiciones que contravengan a la Carta Magna
Si consideran la inexistencia de contravenciones, la Corte validará el “Plan B”.