¿Regularán las Redes Sociales? Ténganlo por seguro

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Amigos de #IndicadorPolítico en los últimos días he podido leer varias columnas relativas a la posible REGULACIÓN DE LAS REDES SOCIALES, mismas en que convergen distintos puntos de vista, desde unos a favor y otros en contra, hasta SÍ ¿cómo? y NO ¿por qué?, es decir, se ve en el horizonte una discusión que de entrada ya tienen perdida las grandes compañías a nivel mundial…, ya que tarde o temprano van a ser reguladas y acotadas jurídicamente.

Así pues, para los que nos dedicamos a los MERCADOS REGULADOS -como el que esto suscribe- la REGULACIÓN O NORMATIVIDAD siempre e históricamente ha llegado a las diferentes tecnologías y servicios relacionados, ya sean:

1.- La RADIO que empezó a ser regulada en MIL NOVECIENTOS SESENTA con la ley de la materia y TREINTA SEIS AÑOS después de que se expidió la PRIMERA CONCESIÓN DE RADIO (1924) de la CIUDAD DE MÉXICO CZE (Más tarde: XFX), documento eminentemente jurídico que en sí mismo determinaba los límites de operación regulatoria, técnica y operativa de la emisora.

2.- La TELEVISIÓN con la ya mencionada ley de los sesenta y que prácticamente DIEZ AÑOS posteriores a que se otorgara la PRIMERA CONCESIÓN PARA EXPLOTAR UN CANAL DE TELEVISIÓN (1949) en favor del empresario Rómulo O’Farril, empezó a ser regulada como industria.

3.- La SERVICIOS FIJOS O LOCALES DE COMUNICACIÓN con la creación de la empresa TELÉFONOS DE MÉXICO (1947) bajo una normatividad específica por ser un monopolio de estado, y que a finales de los años OCHENTA volvió a sufrir cambios regulatorios con su PRIVATIZACIÓN (1990), otorgamiento de un polémico TÍTULO DE CONCESIÓN que por mucho tiempo se convirtió en el referente de las TELECOMUNICACIONES, y como detonante de la PROVISIÓN DE SERVICIOS MÓVILES, misma que desencadenó la guerra entre las empresas celulares, TELCEL del Ingeniero Carlos Slim y la ya extinta IUSACELL del Ingeniero Carlos Peralta, así como la creación de la extinta COFETEL (1996), hoy Instituto Federal de Telecomunicaciones.

4.- La de SERVICIOS DE LARGA DISTANCIA que a mediados de los noventa provocó el desembarco en México de más de una docena de empresas que apostaron todo al mercado mexicano y terminaron haciendo uno de los peores ridículos corporativos de que tenga memoria la industria mexicana en los últimos cien años.

5.- Los SERVICIOS DE CABLE o DTH (Sky, Dish, Direct TV, etcétera) que explotaron entre los ochentas, noventas y dos miles, para tener que replantear sus servicios, tarifas y paquetes a finales de la primera década del Siglo XXI.

6.- La PROVISIÓN DE DATOS e INTERNET desde el arcaico Dial Up hasta la banda ancha y servicios de última generación, ya sean fijos o móviles.

7.- La TASA GOOGLE en SERVICIOS OVER THE TOP (OTT) para los expertos en temas de telecomunicaciones o mejor conocidas como PLATAFORMAS DIGITALES (Netflix, Dish, Amazon, HULU, etcétera), las cuales no tributaban hasta hace muy poco en sus países de operación.

8.- La REGULACIÓN DEL PAGO DE IMPUESTOS POR PAUTAS PUBLICITARIAS Y OTROS INGRESOS en las REDES SOCIALES (Facebook, Twitter, Instagram, TikTok) de todos los usuarios a nivel mundial.

Dicho lo anterior, todos los SERVICIOS y TECNOLOGÍAS enumeradas tienen algo en común, y es que todas y absolutamente han sido reguladas, y además de ser reguladas, la regulación de las mismas fue cada vez más rápida, puntual y específica.

Así que, es claro que las REDES SOCIALES tendrán cada vez más límites específicos para establecer sus TÉRMINOS Y CONDICIONES; determinar sus y tratar de evitar sus RESPONSABILIDADES SOCIALES y, además, aclarar sus OBLIGACIONES COMO EMPRESA PRIVADA QUE OFRECE UN SERVICIO DE ACCESO PÚBLICO ante las AUTORIDADES de cada país, para con sus USUARIOS FINALES y a la SOCIEDAD EN GENERAL.

Es decir, a las REDES SOCIALES se les está acabando la luna de miel regulatoria en la que han vivido al menos los quince años recientes y con esta nueva realidad estaríamos entrando a una nueva era de planteamientos jurídico-regulatorios que no tienen precedente; determinaciones nuevas sobre la extraterritorialidad de los servicios de empresas extranjeras ante ciudadanos nacionales; y la posible creación de algún tipo ORGANISMO GUBERNAMENTAL -y NO autónomo- que desde el Ejecutivo Federal intente “controlar la conducta” de este tipo de EMPRESAS GLOBALES, situación me hace prever un escenario difícil para estas en los próximos años.

Veremos qué pasa, pero para fortuna de nosotros los abogados tendremos mucho trabajo por venir y deberemos hacer gala de una sofisticación regulatoria sin precedentes para empatar el mundo virtual con el del Estado de Derecho del Siglo XXI.

Al tiempo.

Si tienen alguna duda no dejen de mandarme sus comentarios y con gusto se los responderé.

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