Nulidad de la elección por intervención del crimen organizado

0
680

Ha sido un secreto a voces la intervención del crimen organizado en los procesos electorales en nuestro país. ¿Desde cuándo? Es incierto. Pero diversos tipos de mafias han intentado infiltrarse en los órganos de gobierno de elección popular federales, estatales y municipales.

No solo impulsando candidaturas, sino sobre todo inyectando infinitas cantidades de dinero a las campañas electorales. Incluso, financiando su objetivo durante todo el desarrollo del proceso electoral correspondiente.

Y nadie ha puesto un freno.

Bueno, sí existe un intento en la última fracción del artículo 41 de la Constitución Política General, donde, una las causas de nulidad “graves, dolosas y determinantes” es cuando “se reciban o utilicen recursos de procedencia ilícita o recursos públicos en las campañas”. 

Y aplica para las elecciones federales y locales.

Evidentemente, que cuando el dinero del crimen organizado financia campañas electorales debe actualizarse la hipótesis de procedencia ilícita.

Es una de las tres novedosas causas de nulidad establecidas en la reforma electoral de 2014, junto con las siguientes: Exceder el gasto de campaña en un cinco por ciento del monto total autorizado, y se compre o adquiera cobertura informativa o tiempos en radio y televisión fuera de los supuestos previstos en la ley.

Hipótesis difíciles de probar, sobre todo el exceso del gasto y el uso de recursos ilícitos o públicos, pues además las vulneraciones “deberán acreditarse de manera objetiva y material”, entre otras exigencias constitucionales y legales.

En fin.

Ahora el diputado federal Carlos Humberto Quintanilla Martínez, del PAN, presentó una iniciativa de reformas a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral para declarar la nulidad de una elección cuando se acredite que en ésta hubo intervención, involucramiento, acto de intimidación, amenaza o influencia de persona o personas que pertenezcan a un grupo del crimen organizado o facilitador del mismo. 

Ello, sugiere, “de conformidad con los artículos 2 y 2 Ter de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada”. Mmm, aunque leyendo las disposiciones de estos preceptos como que algo falta para encuadrar con la nulidad de la elección. Habría que conocer a fondo la iniciativa y el espíritu de la misma.

Pero es bueno el propósito de la reforma planteada por el legislador. Quizá valga la pena no echarla a saco roto, sino estudiarla y perfeccionarla. Tal vez merezca adicionarse como una de las causales de nulidad previstas expresamente en la Carta Magna, y detallarla en la Ley del Sistema de Medios, incluso ampliando las hipótesis de delincuencia organizada en materia electoral.

Porque, por ejemplo, siempre más de dos personas se organizan para de algún modo alterar o influir la voluntad popular, conductas que se encuentran por ahora como delitos electorales con sanciones pecuniarias y privativas de libertad mínimas.

En fin, hay mucha tela de donde cortar en el tema para establecer, como plantea el legislador, “un nuevo blindaje electoral y hacer frente a la delincuencia organizada respecto a la intervención en procesos electorales”. 

Y no como una ocurrencia, sino como una necesidad ante la realidad mexicana.

También es el momento en el contexto de la reforma electoral próxima que cocinan en las cámaras del Congreso de la Unión.

LLUEVE SOBRE MOJADO 

Al mundo entero le llueve sobre mojado. Primero la pandemia Covid-19, y ahora la amenaza de los impactos por el conflicto entre Rusia y Ucrania.

Impactos de todo tipo, incluidos procesos inflacionarios por el aumento disparado de los precios de los combustibles, sobre todo en países que tienen que importarlos procesados, como México.

Y si a eso le añaden falta de impulso al sector productivo y, en consecuencia, falta de empleo, ¿qué suerte nos espera?

Correo: [email protected]