¿Por qué han estado en suspenso la definición de candidaturas?

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Hay quienes se creían con la diputación federal en la bolsa; incluso, ya hasta tenían lista la renuncia al cargo público que desempeñan por el momento, pero ¡zaz! no contaban con la astucia de las autoridades: Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) e Instituto Nacional Electoral (INE).

Astucia en el sentido del deber de los partidos políticos de incluir a personas de sectores vulnerables en las candidaturas de mayoría relativa y de representación proporcional (plurinominal): Indígenas, aformexicanas, personas con discapacidad y personas trans. El mismo consejero presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello, indicó: “No es el momento más oportuno porque, en efecto, las precampañas han avanzado, las convocatorias de los partidos han sido ya emitidas y a ellas han respondido ya miles y miles de ciudadanas y ciudadanos en los términos en los que las mismas fueron emitidas, y hoy tenemos que hacer ajustes que van a impactar el proceso de designación de las candidaturas por parte de los partidos políticos”. 

Pero ni modo, “se trata de una sentencia que el Instituto debe acatar, además de que es una discusión que necesita continuar una vez terminado el proceso electoral.”

Así que el Consejo General del INE tuvo que modificar los criterios aplicables para el registro de candidaturas a diputaciones por ambos principios que presenten los partidos nacionales y, en su caso, las coaliciones para las elecciones de este año, “con el objetivo de promover la participación de grupos históricamente discriminados”. 

Modificaciones como las siguientes: 

Primera: Participación de personas indígenas en 21 distritos, de las cuales 11 deberán ser mujeres. 

Segunda: Postulación de tres fórmulas de candidaturas de personas afromexicanas en cualquiera de los 300 distritos electorales y una vía plurinominal en cualquiera de las cinco circunscripciones, debiendo ubicarla en los primeros 10 lugares de la lista; paridad en los cuatro casos. 

Tres: Postular fórmulas de candidaturas integradas por personas con discapacidad en seis de los 300 distritos; y dos fórmulas por representación proporcional en cualquiera de las cinco circunscripciones y deberán ubicarse en los primeros 10 lugares de la lista. 

Cuatro: Postular cuando menos dos fórmulas de personas de la diversidad sexual en cualquiera de los 300 distritos; en representación proporcional, una fórmula dentro de los primeros 10 lugares de la lista de cualquiera de las cinco circunscripciones. 

Qué tal. 

Ah, habrá que recordar que en representación proporcional no juegan las coaliciones, solo los partidos políticos en lo individual. 

Por tales razones algunos partidos políticos  –por no decir la mayoría— tienen en suspenso las definiciones de sus precandidaturas. Y se nota la ausencia de precampañas. 

Además de por sí traen enredos internos: Grupos con predominancia interna intentan imponer candidaturas, las cuotas, los cuates y en algunos partidos los juniors, cónyuges y propuestas de toda clase de vínculos. 

Y por si fuera poco, más de 400 diputados y diputadas federales manifestaron su intención de hacer efectivo su derecho a la elección consecutiva; es decir, a la reelección. 

¿Cómo harán para conciliar acciones afirmativas con derechos de la militancia en general y con la diversidad de intereses? Súmenle los desacuerdos en aquellos distritos electorales donde van coaligados los que pueden hacerlo? 

Uf. 

Lo bueno es que tienen como límite el plazo legal para el registro de candidaturas ante los órganos competentes del INE (unos dos meses más, aproximadamente). Incluso, todavía tendrían unos días más para la sustitución de candidaturas. 

En fin.

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