Vía INE va la paridad sustantiva en gubernaturas

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Casi están listos los criterios para garantizar la paridad de género en gobiernos locales en las nueve entidades federativas que renovarán el titular del Ejecutivo el próximo año Chiapas, Guanajuato, Jalisco, Morelos, Puebla, Tabasco, Veracruz, Yucatán y la Ciudad de México.

Finalmente fueron avalados este lunes por las Comisiones Unidas de Prerrogativas y Partidos Políticos y de Igualdad de Género y No Discriminación del Instituto Nacional Electoral (INE). Y solo falta la aprobación del Consejo General, salvo que éste les dé revés por votación mayoritaria.

Ah, y también falta la conformidad plena por parte de todos los partidos políticos, varios de los cuales siguen en desacuerdo con los criterios a pesar de haber sostenido intensas reuniones de trabajo con consejeras y consejeros integrantes de las citadas Comisiones.

Argumentan principalmente que el INE carece de facultades para emitir este tipo de criterios y que al menos se debe considerar que Yucatán, Jalisco y Puebla ya cuentan con legislación en materia de paridad en gubernaturas.

Los partidos políticos manifiestan que sí quieren cumplir con la paridad. Pero claro a su modo. No quieren ‘camisa’ de fuerza impuesta por el INE. Aunque si no la pone el Instituto, la pondrá la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) donde al parecer llegará la inconformidad de los partidos políticos.

A menos de que la autoridad jurisdiccional estime suficiente lo conseguido en las entidades donde ordenó cumplir con la paridad de género en gubernaturas desde las elecciones de 2021. Cosa algo imposible porque se trata de un principio constitucional el cual han defendido a capa y espada tanto en el INE como en el TEPJF, aun cuando también han sido flexibles con los partidos.

En virtud de los criterios avalados por las Comisiones Unidas del INE va en la postulación de al menos cinco mujeres en las citadas nueve entidades para el proceso electoral local 2023-2024 como una obligación de los partidos políticos nacionales y como una acción afirmativa a favor de las mujeres considerando que existe una subrepresentación de éstas en la titularidad de los poderes ejecutivos locales.

No en cuatro entidades como pretendían los partidos políticos.

Cinco. ¿En cuáles de las nueve? La autoridad electoral deja en libertad a los partidos. Y bueno, en eso accede, porque en principio especificaba las entidades federativas. En este punto, al parecer, sí se entrometía en la autotomía organizativa partidista.

En ese tenor, en los criterios puntualiza: “Previo a la emisión de las convocatorias para los procesos internos de selección de candidaturas a gubernaturas, los partidos políticos nacionales deberán definir, en el contexto de los procesos electorales locales a llevarse a cabo, en qué entidades habrán de postular candidaturas de mujeres y hombres -garantizando que ninguno de los géneros sea postulado exclusivamente en entidades de baja competitividad- y determinando cuáles y cuántas convocatorias serán exclusivamente para mujeres, así como los criterios de competitividad con los que garantizarán la paridad sustantiva.”

Evidentemente, se refiere a las convocatorias formales, no anticipadas. Ya será problema de los partidos con procesos políticos previos cómo resuelven el tema de paridad para el correspondiente cumplimiento de este principio a la hora del registro de candidaturas.

Estos criterios tienden a garantizar la paridad de género en la postulación de candidaturas a gobiernos locales no sólo numéricamente, sino también de manera sustancial. O sea, qué compitan en condiciones de igualdad numérica respecto de los varones, pero que también tengan igual oportunidad de ganar.

Y atienden a una de las sentencias de la Sala Superior del TEPJF en la cual ésta ordenó que para tales fines los partidos políticos antes del inicio del próximo procedimiento para elegir gubernaturas, deben establecer reglas claras para aplicar el criterio de competitividad en la postulación de candidaturas a gubernaturas.

Además vinculó al INE a verificar que los partidos emitan las disposiciones correspondientes y a vigilar su cumplimiento en la postulación de candidaturas.

Por eso quizá el Instituto estableció en los criterios que los partidos políticos o coaliciones deberán presentar las solicitudes de registro de candidaturas ante el respectivo Organismo Público Local (como corresponde), pero ésta será remitida a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE, la cual las analizará y en un plazo de 48 horas presentará el dictamen a la consideración del Consejo General.

O sea, el Instituto aprobará en su caso la procedencia de las candidaturas a los gobiernos locales de las nueve entidades, aunque habría que ver los criterios completos para saber si solamente en ese aspecto o en todos los demás para la procedencia total, o si ésta se deja a los Organismos Públicos Locales.

Interesante.

Y hay otro punto relevante: El Instituto mandata a los partidos políticos locales para que respeten el principio de alternancia de género que hubieran postulado en la última elección en cada gubernatura y Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.

ALIMENTANDO EL ODIO

Tan deleznable es la quema de la piñata alusiva a la ministra presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación como la quema de la piñata de la imagen del Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, que ayer llevaron a cabo supuestos trabajadores sindicalizados del Poder Judicial como protesta a la propuesta legislativa de desaparecer 14 fideicomisos de este poder.

Acciones como la quema de piñatas hechas a semejanza de personas alimentan el odio entre mexicanos y mexicanas. No es el camino para echar atrás la intención de legisladores, principalmente de Morena, de desaparecer los fideicomisos.

Y si no hubiese camino legal, ni prospera el diálogo, entonces hay una vía para manifestar el desacuerdo con el partido en el gobierno que también tiene cierta mayoría en el Congreso de la Unión: Las elecciones del próximo año para renovar los poderes Ejecutivo y Legislativo federales.

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