El hubiera no existe, pero el Senado hubiera designado a la ministra…

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Reformado en 1994 cuando todavía había cierta mayoría priista en el Congreso de la Unión, el artículo 96 de la Constitución Política establece que:

“Para nombrar a los Ministros de la Suprema Corte de Justicia, el Presidente de la República someterá una terna a consideración del Senado, el cual, previa comparecencia de las personas propuestas, designará al Ministro que deba cubrir la vacante. La designación se hará por el voto de las dos terceras partes de los miembros del Senado presentes, dentro del improrrogable plazo de treinta días. Si el Senado no resolviere dentro de dicho plazo, ocupará el cargo de Ministro la persona que, dentro de dicha terna, designe el Presidente de la República.

“En caso de que la Cámara de Senadores rechace la totalidad de la terna propuesta, el Presidente de la República someterá una nueva, en los términos del párrafo anterior. Si esta segunda terna fuera rechazada, ocupará el cargo la persona que dentro de dicha terna, designe el Presidente de la República…”

La publicación de la última reforma data del 31 de diciembre de 1994. Ernesto Zedillo tenía un mes como Presidente de la República, el último de la hegemonía del PRI, interrumpida en el 2000 cuando a él lo sucedió en el cargo el panista Vicente Fox.

El 1 de noviembre de 1994 se integró la LVI Legislatura del Congreso de la Unión, en cuya Cámara de Diputados el PRI tenía 300 curules, y en la Cámara de Senadores 95 escaños.

Y miren, 29 años después se actualiza el supuesto jurídico de dicho artículo constitucional: El presidente Andrés Manuel López Obrador (Morena) nombró directamente ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, eligiendo de entre su segunda terna a Lenia Batres Guadarrama, porque la oposición en el Senado rechazó sus dos ternas.

¿Y ahora qué va a decir la oposición legislativa? ¿Que AMLO se agandalló el nombramiento cuándo la Carta Magna le otorga la facultad de designar ante el rechazo del Senado?

Lo ideal hubiera sido que las y los senadores de oposición hubiesen votado para elegir a una de las integrantes de la primera terna, o de la segunda. Porque aunque las tres de cada terna son abiertamente de izquierda, tienen afinidad por AMLO y por su proyecto político, una elegida por el Senado quizá se hubiese sentido comprometida con la pluralidad política para un actuar jurisdiccional equilibrado, sin carga ideológica.

Sin embargo, y tal vez en un papel en el contexto electoral rumbo al 2024, la oposición senatorial dejó al presidente López Obrador toda la facultad, y él se decidió por Lenia Batres, según con la opinión a favor de Bertha Alcalde.

Otro ideal era que el presidente AMLO hubiese integrado la primera o en su caso la segunda terna con mujeres profesionales del Derecho de perfil independiente o al menos sin tanta carga ideológica, como una manera de asegurar la aprobación del Senado y para abonar a la independencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Aunque en estos tiempos tampoco es garantía. Ya ven, el ahora ex ministro Arturo Saldívar en el 2009 fue propuesto por el entonces presidente Felipe Calderón Hinojosa (emanado del PAN). No se le conocía afinidad ideológica hasta la llegada de AMLO a la Presidencia de la República, y recientemente se sumó a la precandidata presidencial morenista Claudia Sheinbaum para ‘contribuir’ a la transformación del país.

Lenia Batres es la primera ministra sin reconocimiento de la pluralidad política, y le debe el cargo solamente a una persona: El presidente López Obrador, quien ahora puede tener el argumento de que con mayor razón se debe impulsar la elección de ministros, ministras, por voto popular para evitar la designación directa por parte de quien ejerza la Presidencia de la República.

En fin, Lenia Batres ya es ministra, durará en el cargo 15 años. Y no esperen de ella un desempeño contrario a la “Cuarta Transformación”, al menos en el primer año, máxime cuando quienes tienen la tarea jurisdiccional casi siempre encuentran la forma de cuadrar el Derecho a la política.

HACE FALTA UNA REFORMA 

La realidad política refleja la necesidad de darle una salida distinta a la forma de designar ministros, ministras, cuando las dos ternas propuestas por el presidente sean rechazadas por el Senado, en caso de que no prospere la reforma de elección por voto popular (que no es lo ideal por el cúmulo de riesgos, empezando por la partidización).

Una salida en la cual no sea el presidente quien designe directamente, pero tampoco el órgano legislativo. ¿Qué tal que sea por insaculación de las dos ternas?

O que se establezca la obligación del Senado de elegir a una persona de cualquiera de las dos ternas, sin dejar otra opción. Incluso, la primera terna podría ser propuesta por el Presidente de la República y la segunda por el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación integrada por miembros de la carrera judicial.

En fin. Las y los legisladores tendrán mejores ideas.

La norma constitucional vigente es ideal para cualquier partido político en la Presidencia de la República para hacerse de otro de los poderes de la Unión.

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