Las restricciones a la propaganda gubernamental en campañas

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Una vez iniciadas las campañas a las diputaciones federales, queda prohibida todo tipo de propaganda gubernamental. Así lo ordena la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en los siguientes términos:

Durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales, como de las entidades federativas, así como de los Municipios, de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y cualquier otro ente público.”  

Con la siguiente salvedad: Las únicas excepciones a lo anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.” 

Incluso, en el mismo artículo 41 constitucional también se prohibe: “En la propaganda política o electoral que difundan los partidos y candidatos deberán abstenerse de expresiones que calumnien a las personas.” 

Tales restricciones se replican en la ley de la materia. Entonces, las magistradas y los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) no descubrieron el hilo negro al limitar de cierto modo las conferencias mañaneras del Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador.

Claro, para evitar la dedicatoria, precisaron el alcance a todo funcionario; aunque por mandato constitucional así debe ser también.

Y en ese contexto, el pleno de la Sala Superior aprobó criterios sobre las responsabilidades en que pueden incurrir los funcionarios públicos por la difusión de propaganda gubernamental en conferencias de prensa difundidas durante las campañas y hasta el día de la jornada electoral, y son los siguientes:

Uno: “Cuando un funcionario público convoca, organiza o participa, en una conferencia para difundir logros de Gobierno, incurre en la difusión de propaganda gubernamental en medios, prohibida durante la etapa de campañas y hasta la jornada electoral.” 

Dos: “En caso de que no se pueda garantizar la no difusión de las conferencias, la información que se difunda deberá tener carácter institucional y abstenerse de elementos que constituyan propaganda política, personalizada, o electoral, logros de gobierno, o emitir información dirigida a incidir en las preferencias electorales.”

Tres: “La información generada durante las conferencias de prensa, en todo momento deberá tener fines informativos.”  

El criterio Dos suena a “que tanto es tantito” ¿no? Lo ideal hubiera sido prohibir la difusión completa de las conferencias mañaneras, porque conociendo el carácter del mandatario nacional es probable que no guarde la compostura y, ¡zaz!, en cualquier momento se le vaya a la yugular a los adversarios políticos de Morena.

Sobre todo si de repente cae la preferencia electoral hacia las candidaturas morenistas y se ponga en riesgo la mayoría en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, sin la cual el presidente difícilmente podría seguir operando su proyecto político, que no de nación.

A ver cómo se comporta de aquí hasta el día de la jornada electoral. Después, es de imaginarse, máxime si los resultados desfavorecen a Morena.

En fin, retomando el tema: Como lo permitido es la difusión de asuntos relativos en materia de salud, educación y protección civil (además de la información de las autoridades electorales), los asesores del presidente López Obrador podrían diseñarle una estrategia político-electoral basada en tales temas.

Así AMLO, por ejemplo, podría darse vuelo hablando de la vacunación contra la pandemia Covid-19; el número de vacunas adquiridas por su gobierno hasta el momento, cuántas prevé adquirir en el año 2021 y cuántas dosis se van aplicando; quiénes continúan en la vacunación (maestros, niños, etc.).

También puede hablar sobre el regreso a clases de manera presencial; cuándo, dónde y cómo se prevé. Sobre los útiles escolares, el número de maestros en el sistema educativo, cuántos normalistas han sido contratados para garantizar la educación de la niñez y juventud mexicana. Ah, y conociéndolo, seguramente sacará a colación las Universidades Bienestar.

Y en materia de protección civil, hasta puede asirse del pronóstico del tiempo, adelantar la conferencia para informar acerca de la temporada de huracanes, la cual inicia en mayo próximo; qué hará su gobierno ante cualquier desastre y la falta del Fonden.

Cosas así. Aunque de todos modos corre el riesgo de la difusión de ‘logros de gobierno’ (que en sí es la esencia de la prohibición); y si enuncia logros, aun en estas materias, sus adversarios le pueden iniciar procedimientos sancionadores.

Entonces el presidente Andrés Manuel lo tomará como campaña en su contra y hasta se martirizará. Será un cuento de nunca acabar, mientras él puede aprovechar cualquier pretexto para impactar mediáticamente en el ánimo de los electores.

Porque eso sí, hay que reconocer su habilidad político-electoral. Quizá hasta argumentará: “Yo no estoy haciendo difusión; los medios lo publicaron porque quisieron”.

¿Y LAS CANDIDATURAS? 

Pues ya empezaron las campañas a las diputaciones federales, ¿y los candidatos y candidatas? ¿Los conoce el electorado?

La mayoría de los partidos políticos no han informado de manera oficial quiénes son las personas que integran las fórmulas respectivas.

Incluso, hasta la madrugada de este lunes el Instituto Nacional Electoral (INE) tampoco había subido a su página el acuerdo sobre la aprobación de las candidaturas.

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