Teorías de la desaparición forzada

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El delito de desaparición forzada se define como las acciones ilegales que se realizan desde el poder para privar a una persona de su libertad, ocultarla y negar cualquier información sobre su paradero, y constituye un delito de lesa humanidad, debido a que son violentados los derechos a la libertad, al reconocimiento de su personalidad jurídica y a la integridad personal, a la vez que pone en peligro el derecho humano primordial: el derecho a la vida.

Este delito es un verdadero flagelo que en nuestro país a finales de marzo pasado, el Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas (RNPED) señala que existen 86,804 personas desaparecidas y no localizadas.

Pero recientemente cobró relevancia el caso de la familia Villaseñor Romo que volvía por carretera de vacaciones en ciudad de México a su residencia en Guadalajara, cuando fueron secuestrados todos sus integrantes y varios días después dejaron a un menor de edad abandonada en un predio del municipio de La Barca en Jalisco y días después fueron liberados los demás integrantes en su totalidad.

La importancia radica en que las investigaciones arrojaron que 7 policías municipales de Acatic en Jalisco habrían detenido a la familia Villaseñor Romo y entregada a la delincuencia organizada, sin que haya mediado la intervención de la Fiscalía de Jalisco para su liberación.

En un caso similar en el municipio jalisciense de Zapopan, un grupo de unas 5 personas habrían sido secuestradas y posteriormente dejadas en libertad, al parecer nuevamente sin intervención de la autoridad local. Afortunadamente en ambos casos no hubo pérdida de vidas que lamentar.

Estos dos casos parecieran relatos de un vengador anónimo o una negociación de la autoridad local con la delincuencia que no sucedió, sin embargo, y a propósito de las manifestaciones en junio del año pasado por la muerte de Giovanni López a mano de policías de Ixtlahuacán en Jalisco, el gobernador Enrique Alfaro señaló la posibilidad de que el mando policiaco, el mando ministerial y varios de sus elementos hayan sido instruidos por otras fuentes, en alusión a la delincuencia organizada.

Este escenario de desaparición forzada es probable que esté replicado en diversas entidades federativas, sobre todo en aquellas que comparten con Jalisco, los tristemente célebres primeros lugares por el delito de desaparición forzada, con territorios en la gobernabilidad, con policías municipales cooptadas por la delincuencia y quizás con el consentimiento de las autoridades estatales de seguridad.

Por eso cada que hay un cambio de administración en las entidades federativas, nos encontramos que en la configuración de los delitos de corrupción solo están involucrados las autoridades políticas y en muy pocas ocasiones las autoridades salientes de seguridad.

Los actos y omisiones en perjuicio de la función de seguridad también deberían perseguirse de oficio. El problema es la falta de cuadros preparados en seguridad para substituir a la administración saliente, de tal manera que la autoridad persecutora en funciones está constituida por servidores con un compromiso con la administración saliente.

Pero la pregunta es ¿cuántas policías están comprometidas con otros interés que son ajenos a la función de seguridad?

El autor es Maestro en Seguridad Nacional por la Armada de México

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Twitter: @racevesj