Revocación de Mandato y los fines electorales

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Vuelve la polémica por la Revocación de Mandato. Nuevamente el pleito entre los partidos integrantes de la alianza “Va por México” (PAN-PRI-PRD) y el Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, en torno a ese ejercicio de participación ciudadana.

Y es que, como es sabido, la alianza tripartita (vía los coordinadores de las respectivas bancadas en la Cámara de Diputados Federal) presentó una acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley Federal de Revocación de Mandato, por considerar que la pregunta transgrede la Carta Magna en cuanto a la esencia de la revocación.

Y el presidente López Obrador como era de esperarse reaccionó en su conferencia mañanera, reprochando a “los conservadores” oponerse a la Revocación de Mandato, cuando ha habido expresiones emanadas de ellos mismos en que deje el cargo; hasta los calificó de “incongruentes”.

Ambas partes tienen cierta razón. Pero también tienen otra cosa: Un evidente fin electoral. En la proximidad de los tres años del mandato del presidente López Obrador, ya todos, empezando por él, tienen la mirada puesta la sucesión presidencial 2024.

Entonces tanto AMLO como la oposición tripartita andan en plena campaña electoral. Ésta con el fin de posicionarse en el ánimo de la ciudadanía para ganar la Presidencia de la República; Andrés Manuel con el propósito de hacer repetir el triunfo de Morena, quien sabe si para un sucesor o para él en reelección.

Aunque López Obrador asegura que se irá en 2024 tal como lo manda la Constitución Política, o el próximo año si en la consulta ex profeso la ciudadanía decide revocarle el mandato; incluso, si la votación es mayoritariamente a favor de esto, pero no vinculante (situación bastante discutible).

Todo es electoral de aquí a tres años. Vienen también las elecciones de gubernatura: En 2022 en Aguascalientes, Durango, Tamaulipas, Hidalgo, Quintana Roo y Oaxaca; y en 2023 en Estado de México y Coahuila.

En fin. Los escándalos mediáticos siempre impactan en la ciudadanía.

Y amén de los fines políticos de ambas partes, en el caso de la oposición tripartida ésta tiene razón cuando califica de inconstitucional la pregunta establecida en la fracción V del artículo 19 de la ley de la materia, y que es la siguiente:

¿Estás de acuerdo en que a (nombre), Presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?”. (Son dos preguntas en una).

Y conforme al artículo 36 de la ley de la materia, la papeleta deberá contener dos respuestas a elección del ciudadano:

  1. a)    Que se le revoque el mandato por pérdida de la confianza.
  2. b)    Que siga en la Presidencia de la República.

La oposición tripartita argumenta que debería ser: “¿Estás de acuerdo en que a (nombre), Presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato?  

Para responder con un “Sí” o con un “No”.

Y tiene razón, porque la esencia de esta figura de participación ciudadana es la revocación del mandato, no la ratificación sugerida en la segunda parte de la pregunta establecida en ley y en la respuesta b).

Incluso, la propuesta inicial traía solamente preguntar a la ciudadanía si Andrés Manuel López Obrador debería seguir en la Presidencia de la República, pero la oposición en el Senado consiguió establecer la opción de “que se le revoque el mandato”.

A ver cual es la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuando resuelva la acción de inconstitucionalidad presentada por los diputados aliancistas. Puede rechazar la demanda o darle entrada para confirmar la constitucionalidad de la pregunta, o para declararla inconstitucional.

Incluso, puede modificar la pregunta redactando una nueva como lo hizo para la Consulta Popular, o suprimiendo una porción normativa.

La Corte debe resolver en breve porque el proceso de Revocación de Mandato ya está en plena marcha.

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