La Nación en las manos de la Suprema Corte de Justicia

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Muchos acontecimientos distractores han estado ocurriendo en la escena nacional, que los escándalos por la plagiaria Ministra Esquivel, que los accidentes del Metro de la Ciudad de México, que las corcholatas del presidente, que el método para seleccionar al abanderado de la Coalición Va por México. Pero no hemos visualizado cabalmente lo que significa el que llegare a ser aprobado y validado por la Suprema Corte de Justicia el famoso “Plan B” de la reforma electoral del presidente de la República, que realmente representa la destrucción del INE y, por consecuencia, de nuestra democracia.

La reforma electoral que se encuentra aun en la Cámara de Senadores en segunda vuelta de revisión después de haber sido ligeramente cambiada la Minuta del Senado por la Cámara de Diputados, que hace que regrese al Senado para su última revisión, empezando este proceso en febrero que vuelve el Congreso de la Unión de su período de receso, representa un tal nivel de deterioro al INE que lo convierte en un órgano inviable para controlar las elecciones.

Eso es precisamente lo que desea nuestro presidente, que prácticamente las elecciones del 2024 no se lleven a cabo y, que si se realizan, va haber tales niveles de inconsistencias disruptivas y de caos organizacional que hará que entremos en una crisis constitucional de una envergadura tal que se puede colapsar nuestra democracia y la transición civilizada del poder público, situación que puede generar que el Ejército entre en una especie de hábitat natural para la represión y toma de facto del poder público del país; es decir, un auténtico Golpe de Estado.

¿Cómo se puede parar este ataque directo a nuestra democracia?

Existen diversos recursos que se pueden utilizar, el primero y más directo es el de la acción de inconstitucionalidad, regulada por el artículo 105, fracción II de la Constitución. Esta acción, en la materia que nos incumbe, puede ser ejercida por 33% de los integrantes de la Cámara de Diputados o por el mismo porcentaje de senadores integrantes de la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, así como por los partidos políticos con registro ante el INE.

El recurso se dirime directamente ante el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que resuelve con una mayoría calificada de 8 votos de sus 11 integrantes, por lo que si hay tres votos en contra de las acciones que se interpongan, la Corte no puede declarar la invalidez de las disposiciones impugnadas. Ello no significa que se declaren válidas dichas disposiciones, sino que se queda la resolución en una especie de “limbo”, pero, sí procede intentar otras acciones que no sean de inconstitucionalidad por otras vías, como las controversias constitucionales o el juicio de amparo, sobre todo en materia laboral por la eliminación de miles de empleos del INE, o los juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.

Este último juicio, permite a los ciudadanos interponer una demanda ante el Tribual Electoral del Poder Judicial de la Federación por la imposibilidad de ejercer el derecho a sufragio o por la dificultad de ser elegido a un cargo de elección popular en virtud de la destrucción de las capacidades del INE, pero, como este juicio es eliminado por la nueva ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral, el ciudadano se queda sin derecho para proteger sus derechos humanos electorales de una manera general, por lo que para combatir ello se tiene que hacer por vía del amparo. En este aspecto, los tribunales, incluyendo el Tribunal Electoral pudieren tomar los argumentos emitidos por una mayoría (aunque no calificada) de los Ministros de la Corte, para fundamentar los argumentos en contra de dichas violaciones.

En conclusión, la Suprema Corte de Justicia pude bien resolver que los cambios a las leyes electorales secundarias que están en proceso de ser aprobadas por el Congreso de la Unión, una vez que entren en vigor, violan los derechos humanos de ejercer el voto libre y secreto de los ciudadanos y el de ser elegidos a cargos de elección popular, al destruir la estructura electoral establecida por nuestra constitución que garantiza el ejercicio de dichos derechos, mediante el respeto a los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad, por lo que es imperativo que los ciudadanos apoyemos a este Poder del Estado, ahora comandado por la Ministra Presidente Norma Piña, quien tiene plena independencia del Ejecutivo que pretende destruir el andamiaje institucional que tanto trabajo ha costado construir a los mexicanos para garantizar la vigencia de nuestra democracia.

Por esto podemos decir que nuestra Nación está en las manos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo que debemos de apoyarla.