OPL y Tribunales Electorales, un tema para la Conago

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Justo en febrero de hace un año había 17 Tribunales Electorales locales con una vacante en sus magistraturas, y uno (el de Nayarit) con dos vacantes.

Entre éstos estaban los de las siguientes entidades federativas: Baja California Sur, Colima, Chiapas, Ciudad de México, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Sonora, Tabasco, Yucatán y Oaxaca.

Metafóricamente podría decirse que unos estaban cojos y otros mancos, y algunos más padecían ambas circunstancias. Y así pasaron por las elecciones locales a las gubernaturas 2022 en aquellas entidades donde se renovó la titularidad del Ejecutivo como Oaxaca.

A esta fecha hay alrededor de una decena de Tribunales con vacantes, entre algunos de tal rezago y otros donde en 2022 concluyó el periodo de alguna persona magistrada.

Y es la hora en que el Senado de la República no designa las magistraturas; es el órgano competente para designarlas en virtud de la reforma electoral del 2014, mediante la cual se le quitó la facultad a los congresos locales bajo el argumento de intromisión de los gobernadores, diputados locales, partidos y grupos políticos, y poderes fácticos,

Por eso con dicha reforma se trasladó la facultad al Senado. ¿Y de qué sirvió? Si sigue siendo la misma gata nada más que revolcada; toda una vuelta para caer en lo mismo, las y los gobernadores proponen a través de los senadores de su entidad federativa, lo mismo que los partidos y grupos políticos, además de los propios legisladores.

(Sí, proponen de entre las personas aspirantes a magistraturas locales que concurren a la convocatoria emitida por la Cámara Alta).

Y tantito peor, porque la omisión, flojera, o toda la intención política en el Senado en no designar magistraturas ha metido en problemas la impartición de justicia electoral local, sobre todo cuando falta la mayoría de los integrantes en un Tribunal Estatal en la materia.

Porque funcionan cojos o mancos, o suplen la ausencia de magistraturas electas con personas habilitadas para desempeñar el cargo, propuestas por las o los magistrados en funciones, en consecuencia obedecen a éstos.  Así, se pierde la razón de ser del órgano jurisdiccional colegiado.

Quizá va siendo hora de devolver a los congresos locales la facultad de designar las magistraturas electorales locales para integrar los tribunales en la materia. La reforma electoral, “Plan A” y “Plan B”, dejó de lado el tema…más bien, el “Pan A” planteaba desaparecer estos órganos jurisdiccionales.

Igual que los Organismos Públicos Locales (OPL) –institutos estatales electorales–, cuyas consejerías, incluyendo la presidencia, por virtud de la reforma del 2014 son designadas por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) mediante concurso a convocatoria abierta.

Pero el mismo procedimiento permite lo que se quería evitar con la reforma: La injerencia de los partidos políticos, pues en la etapa final del concurso éstos opinan, por no decir que pelean queden sus propuestas (propias, de los gobernantes o grupos políticos). Hasta las mismas personas consejeras del INE impulsan candidaturas para consejerías locales.

Hay excepciones, pero por eso son las menos.

La reforma del 2014 otorgó tantas facultades al INE sobre los OPL, además de atribuciones especiales para atraer y asumir funciones de éstos, incluida la de organizar procesos electorales locales, así como competencia en diversos procedimientos y dictado de reglas, que los OPL parecen un órgano desconcentrado más del Instituto.

Es prudente mantener un andamiaje jurídico homogéneo para regir a los Tribunales Electorales locales y a los OPL, pero tal vez sea momento de devolver a los congresos locales la facultad de designar magistraturas y consejerías de estas autoridades electorales.

O al menos replantear las facultades del Senado de la República sobre la integración de los órganos jurisdiccionales electorales locales para evitar dilación en la designación de las magistraturas, para cuyas sanciones, por cierto, es omisa la legislación general.

Y replantear también las facultades del INE sobre los OPL de modo tal de hacer efectiva la autonomía de estos organismos, no apéndices de la autoridad nacional, pero tampoco de las y los gobernadores de las entidades federativas; ni los OPL ni los órganos jurisdiccionales locales en materia electoral.

En cuanto a la integración de los Tribunales Electorales locales y los OPL, y las atribuciones del INE sobre éstos últimos, la reforma del 2014 es centralista cuando México es una república federal.

TAREA PARA LA CONAGO 

El nuevo presidente de la Confederación Nacional de Gobernadores (Conago), Salomón Jara Cruz, mandatario de Oaxaca emanado de Morena, dijo que la reforma electoral es un tema de la agenda de esta agrupación. Suponemos se trata del “Plan B”, que en estos momentos se encuentra en el Senado de la República.

Pero si la Conago se preocupa por el tema electoral, bien puede retomar la discusión sobre la suerte de los Tribunales Electorales locales y de los OPL, no para desaparecerlos como proponía el “Plan A”, sino para fortalecerlos, empezando por hacer efectivo el federalismo regresando a los congresos locales la facultad de integrarlos.

Y si las y los gobernadores de Morena realmente pretenden una transformación, y si los mandatarios de la oposición verdaderamente quieren la independencia de los órganos electorales locales, deben promover iniciativas que conjuguen ambas aspiraciones democráticas (en una próxima reforma electoral, pues en el “Plan B” ya no es posible).

Cosa que suena a utopía, a pretender arrancarle un suspiro al viento. Sin embargo, lo puede intentar antes de que la sociedad civil se decida a tomar el timón del país.

MAGISTRATURAS, EN BREVE

Fuentes del Senado, aseguran que en breve éste procederá a designar las magistraturas para los espacios vacantes en Tribunales Electorales locales, que no pasa de 15 días en que inicien con el procedimiento pendiente.

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