La autoadscripción calificada para las candidaturas indígenas

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En el marco del Día Internacional de los Pueblos Indígenas, en foro exprofeso, la magistrada Janine Otálora Malassis  se refirió a la autoadscripción calificada como “trascendente ante el próximo proceso electoral para que las y los integrantes de los pueblos y comunidades indígenas accedan a cargos de elección popular.”

Ciertamente. Es, además, la mejor forma de reconocer a las personas origen indígena: Respetando sus derechos político electorales, impulsándolas a cargos populares a elegirse en las elecciones concurrentes del próximo año: Senadurías, diputaciones federales, diputaciones locales, alcaldías, concejalías a los ayuntamientos y gubernaturas.

Ojalá hubiese también al menos una persona indígena con aspiraciones a la Presidencia de la República con una visión más inclusiva no solo en los cargos populares y públicos, sino también sobre el desarrollo del país a partir de la economía regional, incluida en primer lugar la de los pueblos y comunidades indígenas.

Pueblos que, por cierto, son los más pobres y se concentran en las siguientes entidades federativas: Oaxaca, Chiapas, Guerrero e Hidalgo. ¿Por qué son las más pobres? El origen indígena ¿ha sido una de las razones para excluirlos del desarrollo? Las personas indígenas deben transformar las condiciones de pobreza de sus comunidades, desde el poder político y público; que no se les olvide en aras de satisfacer ambiciones personales.

Retomando: Ya la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (incluso desde 2017) estableció que para la postulación de candidatas y candidatos indígenas no basta la sola autoadscripción, sino que ésta debe ser calificada para garantizar el acceso efectivo de las personas indígenas.

Y tiene razón porque los partidos políticos son muy dados a hacer trampas, y siempre caen en la tentación de birlar las candidaturas a los indígenas, falseando la autoadscripción, lo cual se les ha venido complicando últimamente por las restricciones dictadas por las autoridades electorales, sobre todo federales.

La sentencia exprofeso señaló que “para garantizar la eficiencia de la representación política de los pueblos y comunidades indígenas, y a fin de que no se vacíe de contenido la acción afirmativa mediante la postulación de ciudadanos que se autoadscriban como tales y no lo sean, es necesario acreditar una autoadscripción calificada, en tanto se encuentre basada en elementos objetivos, demostrando el vínculo que el candidato tiene con su comunidad en el distrito por el que se postula.”

Por lo tanto, quienes sean postulados como cuota indígenas deberán: Haber prestado servicios comunitarios, haber desempeñado cargos tradicionales, haber participado en reuniones al interior de la comunidad, haber sido representante de alguna comunidad o asociación indígena que tenga como finalidad mejorar o conservar sus instituciones.

La obligación ha sido en el cumplimiento de más de dos de tales requisitos. Así que a los partidos políticos les ha costado más trabajo postular indígenas postizos.

DISTRITOS CON POBLACIÓN INDÍGENA

La última distritación electoral federal arrojó más distritos indígenas. Y las entidades donde se concentran son las siguientes:

ENTIDAD DISTRITOS DISTRITOS INDÍGENAS-AFROMEXICANOS
Campeche 2 1
Chiapas 13 6
Guerrero 8 3
Hidalgo 7 2
Estado de México 40 3
Michoacán 11 1
Oaxaca 10 10
Puebla 16 4
Quintana Roo 4 1
San Luis Potosí 7 1
Sonora 7 1
Tabasco 6 1
Veracruz 19 4
Yucatán 6 6

Para 2018 fueron 13 distritos electorales federales con mayor población indígena donde se aplicó la autoadscripción calificada, que para 2024 sean al menos la mitad del total con población indígena que arrojó la última distritación.

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