Mientras que la seguridad ideológica consiste en establecer un orden conceptual de la seguridad, que modifique y actualice su concepto como función de Estado, y que caiga a las funciones de gobierno de la seguridad nacional, interior y pública y la seguridad operativa consiste, entre otras cosas, en la creación de protocolos y manuales que establezcan normas mínimas de planeación y operación de seguridad, hay un tercer elemento a considerar. Se trata de la seguridad táctica.
Esta descansa eminentemente en el carácter operativo de la seguridad pública, pero también de la seguridad interior. Se fundamenta y subsiste en la legislación local y municipal que garantiza la prevención del delito, y por alcance, la gobernabilidad y el estado de derecho, que lleven como fin el bienestar de la ciudadanía. Esta es una de las razones por las cuáles Jalisco u otras entidades han fallado, debido a que se le da una prioridad a lo político que a lo legal o técnico policial.
Esta seguridad es el elemento táctico, es el eje articulador del carácter operativo de la seguridad, ya que se mueve en la operación de la seguridad.
Por tal motivo es que mientras la función de seguridad pública es una función a cargo de la Federación, los Estados y los Municipios, en el que su nivel de análisis es operativo, subsiste en su parte dogmática por leyes (Federales o Locales) y reglamentos (Municipales) y en su parte orgánica, -de manera coordinada-, por la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Se auxilia de protocolos y manuales para el uso de la fuerza, que contengan la planeación de la seguridad.
Por otra parte, la seguridad interior es una condición que debería garantizar un nivel de bienestar en el que las personas encuentran un techo mínimo de garantías, que les permita llevar a cabo actividades laborales, económicas, escolares que, en su conjunto, contribuyen a un bienestar en la sociedad, en el que para lograrlo se auxilia del carácter operativo, estratégico y de inteligencia de la seguridad. Su nivel de análisis es táctico, se fundamenta y subsiste en la legislación federal y local que garantiza la gobernabilidad y el estado de derecho, que lleven como fin el bienestar de la ciudadanía.
En concreto, el carácter táctico de la seguridad auxilia a la seguridad pública y a la seguridad interior. Este carácter tiene objetivos de bienestar ciudadano con el objeto de preservar el estado de derecho y el orden y paz públicos, que se desprenden de la seguridad pública.
Aquí es donde subyace los elementos operativos de la seguridad pública y la posibilidad de prevenir conductas que han debilitado las políticas de derechos humanos, como la desaparición forzada o la penetración de la delincuencia organizada.
Por eso es por lo que la visión de las reformas a la seguridad pública debe contener estas tres visiones: la ideológica, la operativa y la táctica, para estar en posibilidades de que hacer eficiente la seguridad en el país.
El autor es Maestro en Seguridad Nacional por la Armada de México
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