Consumo de marihuana en México: Nueva regulación del consumo lúdico de cannabis

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Desde diferentes zonas del país reconocieron el trabajo de las y los Senadores de Movimiento Ciudadano por discutir con ideas, convicciones y determinación esta reforma de avanzada.

Un paso histórico para uno de los países más golpeados por el narcotráfico. El pasado 19 de noviembre el Senado mexicano aprobó una ley federal que legaliza el cultivo, la producción, el consumo, la distribución, la industrialización y la venta de la marihuana bajo control federal.

El trabajo de los senadores de Movimiento Ciudadano como: Dante Delgado, Patricia Mercado, Juan Zepeda, Verónica Delgadillo, Indira Kempis, Samuel García, Alberto Galarza, Noé Castañón, quienes desde tribuna, discutieron y defendieron con gran congruencia y convicción, su postura a favor de la regulación de la marihuana, coincidiendo en que la prohibición no es el camino y que este paso hacia la regulación es el primero de muchos hacia una nueva política.

Con 82 votos a favor, 18 votos en contra y siete abstenciones, el pleno del Senado aprobó despenalizar y regular el consumo personal lúdico de la marihuana en todo el país en lo general, una legislación de avanzada no sólo en el continente sino en el mundo.

Con esta aprobación del dictamen, se expide la Ley General para la Regulación del Cannabis, se crea el Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis y se modifican, reforman y adicionan varios artículos de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal.

Pasaron los años…

Donde el Senado aprobó que el consumo marihuana con fines lúdicos sea legal en México, con la votación de la Ley Federal para la Regulación del Cannabis.

La Suprema Corte ya había fallado a favor de que el consumo del cannabis está estrictamente relacionado con el desarrollo de la personalidad, de manera que el Congreso debía legislar en favor de permitir el consumo legal de cannabis con fines lúdicos. La ley ahora permitirá a adultos consumir cannabis con fines recreativos, aunque a la par habrá estrategias de salud para concientizar sobre posibles riesgos a la salud que conlleva el consumo de cannabis.

Permisos para cultivar, consumir y hasta vender

La ley trae consigo reformas que permitirán poseer hasta cuatro plantas por domicilio, autorizará alimentos y derivados con cannabis no psicoactivo, otorgará licencias para siembra, cultivo y cosecha, y garantizará el consumo privado siempre y cuando no haya menores de edad presentes.

Sin embargo, la ley aún contempla sanciones en caso de posesión de más de 200 gramos de cannabis y multas por portar entre 28 y 200 gramos.

Aunque el autoconsumo ahora está permitido legalmente, no se permitirá, de momento, el consumo en espacios públicos. El consumo siempre deberá ser en espacios cerrados destinados para ello, y nunca podrá haber consumo por menores de edad.

En el caso específico del autoconsumo, se permitirá la siembra, cultivo, cosecha y preparación de cannabis, siempre tomando en cuenta una cantidad límite de cuatro plantas de cannabis psicoactivo. Si hay dos o más consumidores en una misma casa, entonces se podrá tener hasta ocho plantas. Independientemente del número de plantas, el cannabis psicoactivo nunca se debe hacer frente a niñas, niños y adolescentes, así como ante cualquier persona que, no deseándolo, quede expuesta al humo.

Asociaciones…

Las asociaciones serán grupos de dos a 20 personas que podrán sembrar, cultivar, cosechar, preparar y consumir cannabis psicoactivo. Aquí los límites de plantas serán de cuatro por cada persona que integra la asociación y en ningún momento podrán proveer de cannabis a quienes no estén legalmente inscritos en ella.

¿Quiénes pueden adquirir y sembrar marihuana?

Según lo establecido en el dictamen, cualquier personas mayores de dieciocho años, con capacidad de ejercicio, podrá sembrar, plantar, cultivar, cosechar, aprovechar, preparar, portar, fumar y consumir cannabis psicoactivo y sus derivados, para fines lúdicos o recreativos.

Mientras tanto, las personas menores de 18 años o incapaces, no tendrán acceso al cannabis para uso recreativo, quienes se lo provean o permitan el acceso del cannabis a cualquiera de estos grupos incurrirán en un delito.

En el Senado se propuso una modificación al artículo 15 del dictamen para que se haga una excepción en menores de 18 años cuando se trate de productos derivados del cannabis con fines medicinales, farmacéuticos o paliativos.

¿Quién regulará el uso de la marihuana?

Para que entre en vigor lo aprobado en el Senado primero el decreto debe ser aprobado en la Cámara de Diputados y después publicado en el Diario Oficial de la Federación. El decreto recibió apoyo de la mayoría de las bancadas en el Senado, así que es muy probable que lo mismo ocurra en la cámara baja.

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