¿Tibieza del TEPJF o preparan el camino para sancionar a partidos y ‘corcholatas’?

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La sesión de este miércoles del Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en la cual por cierto solamente estuvieron presentes cuatro personas magistradas, fue un claro reflejo de hasta dónde se puede flexibilizar la ley y la actividad jurisdiccional, cuyos alcances son inciertos.

Vimos tres posturas: La de la magistrada Janine Otálora Malassis que en su proyecto de sentencia proponía invalidar la convocatoria para elegir al Responsable Nacional para la Construcción del Frente Amplio por México; otra de los magistrados que de plano estuvieron en contra; y la del magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón en una posición en medio, de ‘ni tan tan, ni muy muy’.

Discutieron el asunto SUP-JDC-255/2023 y su acumulado, de una demanda presentada por miembros del Partido del Trabajo (PT) en contra de dicha convocatoria emitida por los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD). Los proyectos de resolución y sus acumulados publicados días antes en la página web del TEPJF son el SUP-REP-231/2023 y el SUP-REP-221/2023.

El PT argumentó que la convocatoria violenta los principios de legalidad y equidad en la contienda, ya que busca posicionar las plataformas electorales de los partidos agrupados en el Frente Amplio por México, y promocionar su futura candidatura a la Presidencia de la República, violentando así los plazos establecidos por la normativa electoral, lo que genera actos anticipados de precampaña y campaña.

Y la magistrada Janine le dio la razón, por lo cual propuso invalidar la convocatoria y suspender todo acto pues efectivamente transgrede tales principios, concluyendo tratarse de un fraude a la ley. En su argumentación hizo énfasis en el riesgo que representa permitir la continuación de un proceso claramente dirigido a seleccionar una candidatura presidencial; incluso, consideró factible suspender todos los actos y que partidos y ‘corcholatas’ del Frente los retomen una vez iniciado el proceso electoral.

Pero para los magistrados Felipe Alfredo Fuentes Barrera e Indalfer Infante Gonzales no pasa nada, ellos no consideran que se trate de un fraude a la ley, de un proceso simulado, que más bien son expresiones democráticas, que la ciudadanía quiere participar, que los partidos tienen derecho a asociarse. Vaya, cómo detener todo esto. Ni lo mande Dios, ni María Santísima.

Sin embargo, uno de ellos reconoció el riesgo existente. Pues, entonces ¿para qué está la ley y el Tribunal Electoral?, daría a entender Otálora casi al final de la discusión, en la cual sostuvo y defendió su proyecto de resolución.

El magistrado presidente Reyes Rodríguez, quien también reconoció los riesgos, le dio cierta razón a Janine, aunque no en el fondo del asunto, pues para él la solución tajante de la magistrada no es la única, sino hay otras, por ejemplo el dictado de lineamientos “claros” para regular procesos como el de la selección del Responsable Nacional de la Construcción del Frente Amplio por México y de la Coordinación para la Defensa de la Transformación, así como procesos similares a nivel nacional y entidades federativas.

Propuesta que finalmente fue aprobada por la mayoría del Pleno. Uno de los magistrados en algún momento dijo: “Ah, si ya rebasan los lineamientos , entonces sí, la autoridad debe de sancionar”. Palabras más, palabras menos.

¿Cómo entender la postura de los tres magistrados? De Reyes (que propuso que el INE emita lineamientos “claros” bajo parámetros dados por la Sala Superior), de Indalfer y de Felipe Alfredo, que primero dijeron algo así como que ‘aquí no pasa nada’, pero reconocieron riesgos, luego expresaron una velada advertencia y se sumaron a la propuesta del magistrado presidente.

¿Una postura tibia? ¿Están dejando hacer y pasar? ¿O están preparando el camino para llegado el momento sancionar sin miramientos, argumentando un ‘se los advertí’? Incluso, ¿es una postura de decirle sutilmente al INE ‘pon orden ya’?

Solamente el tiempo lo dirá. Y miren que ya no falta mucho, pues el proceso electoral está a la vuelta de la esquina: Falta casi mes y medio para su inicio.

LOS PARÁMETROS

Son sui géneris los parámetros en base a los cuales la Sala Superior ordenó al INE emitir lineamientos para regular los procesos simulados…perdón, los procesos para elegir Responsable Nacional y Coordinación, y similares.

Algunos se parecen mucho a las medidas preventivas dictadas por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto, y otras meten en dilema al propio INE para elaborar los lineamientos, como lo es el siguiente parámetro:

“Implementar una fiscalización especializada para vigilar el origen y destino de los recursos utilizados en estos procesos, contabilizando todas las actividades y propaganda que beneficie o posicione a las personas participantes. El INE deberá emitir un informe con los gastos contabilizados y definir la consecuencia de esta fiscalización.”

Cosa que no es nada sencilla para el Instituto. Y los partidos y sus ‘corcholatas’ (oficialistas y opositoras) puede que sufran en la comprobación del gasto. A ver si no se lamentan las consecuencias; claro, eso si las autoridades electorales se ponen estrictas.

En su tarea el INE debe: “Definir, conforme a la naturaleza de este tipo de procesos, qué tipo de propaganda está permitida, valorando la permanencia o retiro de la propaganda masiva en espectaculares, vehículos de transporte público y pintas de bardas. Además, debe garantizar el retiro de la propaganda que considere prohibida.” 

Toda ¿no? Pues no, porque alegarán que se trata de propaganda de procesos de organización interna o de asociación de partidos.

El resto de los parámetros son:

“No se pueden utilizar las prerrogativas de radio y televisión de los partidos políticos para difundir o posicionar estos procesos partidistas ni a las personas que participan en ellos.”

“No está permitido el uso de recursos públicos y las personas servidoras públicas deben acatar su deber de neutralidad e imparcialidad.”

“Siguen prohibidos los actos anticipados de precampaña y campaña.”

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