El concurso mercantil en México como una herramienta de negociación

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Autor: Edgar Rojas Merino

Introducción

Los negocios, las organizaciones y las personas estamos expuestos a enfrentar la quiebra o bancarrota, entendida como aquella situación en la que nuestras obligaciones exigibles son mayores a la liquidez, activos y derechos que tenemos para hacerles frente en un plazo específico. Desde un punto de vista estrictamente económico; los ingresos no son suficientes para cubrir el gasto corriente y los pagos de deudas exigibles en su totalidad, en un periodo específico.

Cuando esto sucede buscamos la forma de evadirla, evitarla o bien de diferirla negociando en forma directa y con acciones y medidas que se mezclan entre objetivas y emotivas, para lograr la subsistencia.

En este proceso los acreedores, desde su perspectiva buscan hacer lo suyo; maximizar su recuperación o bien minimizar sus pérdidas ante la inminente quiebra del deudor, con acciones que van desde lo administrativo hasta lo legal. Ante el cúmulo de acreedores, la capacidad de negociación entre quien enfrenta la quiebra se dificulta, dando lugar a un círculo vicioso, en el que todas las partes pierden o recuperan mucho menos de lo que pudiera ser en un proceso ordenado y bajo un marco normativo que permita encontrar una solución, no sólo de recuperación, sino en muchas ocasiones de rescate de la quebrada, con efectos multiplicadores en la industria, ya que no se pierden empleos y al activarse, se consumen insumos y nuevamente se producen bienes.

En México, la Ley de Concursos Mercantiles se enfoca a ordenar los procesos que enfrentan las empresas, con problemas de liquidez y solvencia y en consecuencia de una posible quiebra o bancarrota.

Este ensayo tiene como objetivo presentar los beneficios de apegarse a los procesos que establece esta ley y a citar los inconvenientes por los que las empresas no lo utilizan o bien no consiguen dichos beneficios.

 

Proceso ordenado de solución de quiebras

En México, en el año de 2000, se publico la Ley de Concursos Mercantiles, que tiene como objetivo normar el proceso de negociación entre la potencialmente quebrada y sus acreedores (proceso de conciliación) o bien, de no lograrse una negociación favorable, el proceso de realización de los activos y derechos que tiene la quebrada, (proceso de quiebra), para pagar, hasta donde alcance a los acreedores reconocidos, en forma ordenada.

Las sociedades mercantiles que potencialmente enfrentan su cierre las podemos dividir, a grosso modo, en dos grupos: las que no tiene problemas en su operación y que tienen suficientes recursos para el pago a los acreedores, e incluso para el reparto del remanente entre sus socios (este proceso legalmente se le denomina disolución y liquidación y para las sociedades mercantiles lo regula la Ley de Sociedades Mercantiles) y el segundo grupo, le corresponde a las sociedades que no tienen suficientes recursos ( no son solventes) para cubrir sus gastos y deudas y mucho menos tienen remanentes para sus socios y en consecuencia enfrenta serios problemas para sobrevivir y consecuentemente enfrentan el potencial cierre operativo o quiebra, con múltiples problemas para todos los que intervienen. Este proceso lo regula la Ley de Concursos Mercantiles.

La diferencia fundamental entre estos segmentos es si los negocios tienen suficientes recursos para hacer frente a sus obligaciones o no, lo que lleva a un proceso de cierre que puede ser relativamente rápido y sin problemas o a otro que será todo lo contrario, lento y tortuoso para todos y con una elevada probabilidad de pérdidas.

Las causas por las que cierran las sociedades son diversas y en ocasiones múltiples y cada una de ellas se le puede dedicar un análisis por separado, pero de manera enunciativa podemos citar las siguientes:

  1. Gestión del negocio. Administración deficiente y/o conflictos, cambios en la industria que no son atendidos,
  2. Preferencias del consumidor, cambios tecnológicos, cambios en las condiciones generales del mercado, etc.
  3. Cambios en leyes y normatividad, políticas restrictivas o de apertura, lineamientos de política general y/o de política económica o inclusive políticas específicas.
  4. Factores meteorológicos inesperados, que afectan a la empresa y su mercado.

Cuando se presenta alguna de las situaciones anteriores o una combinación de ellas los problemas se agravan rápida y exponencialmente ya que:

  1. Los proveedores dejan de surtir insumos ante la falta de pago.
  2. Los clientes no pagan por incumplimiento en las órdenes de venta.
  3. Los prestamistas exigen sus créditos y aplican sus condiciones contractuales de mora.
  4. Los trabajadores ante la falta de sueldos inician protestas o dejan los empleos y no hay recursos para sustituirlos.
  5. La administración busca paliativos en diferentes frentes:
    1. Conseguir créditos y/o inversionistas, que son difíciles de encontrar ante la situación descrita.
    2. Negociar individualmente con cada uno de los acreedores, quienes sustentados en su justo interés individual quiere imponer condiciones, que son difíciles de aceptar y que afectan y complican las posibles negociaciones con otros acreedores.
    3. Los acreedores en general, buscan opciones por su cuenta para garantizar cobrar, que afectan aún más a la quebrada: litigios, embargos, cancelación de líneas de crédito, de entregas, etc.
    4. El proceso puede tener efectos en cadena para otras empresas o la misma industria, dependiendo del tamaño y participación relativa en el mercado.

 

Beneficios del concurso mercantil

En esta complejidad el concurso mercantil es una herramienta que reduce la presión de los acreedores, ya que con la sentencia de concurso mercantil se suspenden las acciones de cobro de acreedores, ya sean de tipo administrativo, extrajudicial y/o legales en trámite, que no estén firmes en contra de la concursada. Al mismo tiempo dá pauta para que se revisen los términos y condiciones de cada deuda (crédito) y se determina, en primera instancia, si es exigible y en segundo término su importe y las condiciones de su exigibilidad (calificación y prelación de cada crédito). Con esta información, el especialista, la administración de la concursada y los acreedores, pueden buscar un plan que pudiera evitar la quiebra y reactivar a la empresa.

El segundo beneficio de la Ley de Concursos Mercantiles es establecer las bases para una negociación entre la concursada con sus acreedores, con la intermediación del especialista donde los intereses, condiciones y acciones de cada parte, a pesar de ser realmente complicados y difíciles, dan pauta a la posible solución.

Los caminos para una posible solución son variados y depende de múltiples factores, regidos todos por la percepción de que, si el negocio es recuperable, el tiempo esperado, y la posibilidad y evaluación de que el beneficio esperado para todos puede y debe de ser mayor que el se daría ante cierre de la operación a través de la quiebra. En términos generales las diferentes soluciones tienen que ver con los siguientes factores:

  1. Capital,
  2. Reestructuración de deudas,
  3. Tiempo y quitas y/o condonaciones.

O bien, se puede concluir que, ante la falta de una opción real de recuperación como negocio en marcha, se confirme la quiebra y se ejecute la misma, donde el proceso se reduce técnicamente a la venta de los activos por el especialista y con los recursos pagar los créditos reconocidos, con la prelación y condiciones determinados para cada uno de estos.

La tercera ventaja del concurso mercantil es que el proceso es regulado y supervisado por el poder Judicial, a través del Juzgado encargado del mismo.

 

Complejidades de la Ley de Concursos Mercantiles

La pregunta importe es; si tiene estas bondades, ¿porque no existe un uso generalizado del concurso mercantil como herramienta para la negociación entre empresas y acreedores?

Desde mi punto de vista son varias, pero las principales son las siguientes:

  1. Desconocimiento. Aún y cuando la ley tiene casi 20 años no es conocida de manera generalizada y mucho menos sus bondades, más bien es sinónimo de fracaso.
  2. Intereses contrapuestos. Los asesores buscan soluciones más administrativas por temas de tiempo y costo, los juzgados y las autoridades que intervienen cumplen con sus procesos, que no necesariamente están acordes a las necesidades y urgencias de las empresas. Cada parte involucrada tiene sus propias necesidades y sinergia (acreedores, deudores, clientes, accionistas, etc.) Una empresa con problemas de liquidez y solvencia tiene que encontrar soluciones rápidas; a veces se pierde la oportunidad de solución por el tiempo que transcurre.
  3. El mercado e industria de cada empresa. Aún y cuando con el transcurso del tiempo y la experiencia adquirida por los especialistas, se buscan soluciones apropiadas. Cada empresa tiene su entorno y conocerlo, interactuar con los acreedores y buscar una solución adecuada en el menor tiempo posible es difícil.
  4. Soluciones vs procesos. En ocasiones la solución se tiene, pero el proceso la detiene, en otras ocasiones, gracias al proceso se evitan riesgo y errores que afectan las soluciones. Esta es una paradoja, como encontrar el justo medio.

 

Reflexiones

  1. Se debe de dar mayor promoción a las bondades del concurso mercantil.
  2. Jurídicamente se debe de encontrar un equilibrio entre la urgencia económica de la concursada y los procesos legales a seguir.